A pesar de no tener casos positivos, en la vecina ciudad de Punta Alta, se monitorean 35 personas que llegaron de alguna región endémica o afuera del país o tuvieron contacto con personas que presentan algún sintoma, expresó a Canal Siete el secretario de salud, Leandro Rodriguez
Rodriguez tambien manifestó estar Sorprendido por la cantidad de personas detenidas que violaron la cuarentena obligatoria
Destacó disposiciones municipales tomadas en la última semana
– Declaración de Emergencia Sanitaria: por medio del decreto 117/20 el intendente Mariano Uset la declaró por el término de 180 días.
-El Comité de Crisis de la comuna amplió los alcances del mismo con nuevas medidas y restricciones para la prevención de la propagación del COVID-19.
– Hospital Municipal y Salas Médicas: Se atenderán solamente urgencias . Quedan suspendidas operaciones y turnos programados.
– Otros servicios: hospitales, servicios médicos, farmacias, taxis/remesis, estaciones de servicio (solo expendio de combustible), podrán funcionar sin restricción horaria.
Oficinas y dependencias municipales: se priorizará la atención telefónica
– Licencias de conducir: se suspende el vencimiento por 60 días (aquellas cuyo vencimiento estén entre 15/2/2020 y el 1/4/2020).
Suspensión de plazos administrativos: audiencias del juzgado de faltas – OMIC y junta evaluadora de discapacidad.
– Empleados municipales: licencia excepcional a todos aquellos que estén abarcados dentro de los considerados grupos de riesgo, personas mayores de 60 años, embarazadas y quienes convivan con personas que hubieren estado en países considerados de riesgo. Se considerará justificada la inasistencia del progenitor o persona adulta responsable a cargo cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño o adolescente, podrá acogerse a esta dispensa solo un progenitor o persona responsable por hogar.
Establecimientos educativos: habrá guardias que garanticen la presencia de docentes y personal de cocina para brindar el servicio de comedor.
– Pehuen Co: Prohibición de ingreso de visitantes y turistas a la villa balnearia. Informaron que habrá sanciones para quienes no acaten las medidas. Los comercios de la villa balnearia y los residentes deberán obedecer al Ejecutivo local, con respecto del cierre de locales bailables, peloteros y salones de fiestas y eventos. Para minimizar riesgos se solicitó que no asistan a la Sala Médica, comunicarse primero por teléfono y reservar el traslado para casos de urgencia.
Denuncias telefónicas: se habilitó el 134 para denunciar a aquellas personas que deberían estar haciendo cuarentena y no la cumplen. Además funcionan el 148 y 107 es para consultas para quienes tengan síntomas de Coronavirus, antes de recibir asistencia médica vía telefónica se harán preguntas.
– Actividad comercial: cierre a partir de las 21 horas y hasta las 6 del día siguiente. Para lo locales gastronómicos regirá el mismo horario, y se permitirá el servicio de delivery hasta las 23.
– Cierre total de actividades: locales bailables, gimnasios, natatorios, canchas para la práctica de cualquier disciplina, clubes, fundaciones, ONG´s, salones de fiestas, peloteros, iglesias, templos, centros de enseñanza privada, cines, teatros, sala de juegos, eventos, sociedades de fomento, centro de jubilados y residentes, y todo lugar de concentración de personas.
– Servicios fúnebres: máximo de duración de 3 horas, quedando limitado el acceso a la sala de un máximo de 4 personas debiendo, en todos los casos, hacerse a cajón cerrado.
– Línea 319: La empresa de transporte El Villarino de la línea interurbana 319 informó la restricción de actividades en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada por los municipios de Coronel Rosales y Bahía Blanca entre las 22.30 y las 5.
– Sanciones: De acuerdo a lo previsto en el artículo 16° del decreto se procederá a la clausura preventiva y provisoria hasta el cese de la emergencia sanitaria imperante y su eventual prórroga del establecimiento o comercio pertinente, pudiendo sancionar a el o los infractores por aplicación del Código Penal de la Nación, del Código de Faltas Municipal y de las demás leyes o normas pertinentes y aplicables.
Esta entrada ha sido publicada el 25 de marzo, 2020 16:49
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