La Cámara de Casación Bonaerense confirmó la condena de diez años de prisión a Juan Matías Bongiovanni, un docente que abusó sexualmente de dos alumnas.
La jueza Claudia Fortunatti impuso la pena de diez años de prisión sobre el profesor lo que fue apelado por la defensa del hombre que insistió que los hechos fueron consentidos entre las víctimas y el acusado y que no existió delito alguno.
Pero, los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana rechazaron los planteos de la defensa y confirmaron la condena aunque anularon parcialmente la misma en lo que hace a la significación jurídica que dio la magistrada tras la decisión del jurado, todo aún manteniendo la pena impuesta.
“Reitero que la defensa no controvierte la existencia de los actos de contenido sexual que relataron S.B.B. y S.B., sino en el tramo donde exponen que no hubo consentimiento e intenta suplir su prueba (la del consentimiento) a partir de referencias sobre el comportamiento posterior de las jóvenes, método insuficiente para demostrar la arbitrariedad que denuncia”, sostuvieron los jueces.
“En otras palabras, la defensa no demuestra un apartamiento manifiesto de la prueba por parte del Jurado, sino que propone una re-evaluación de la evidencia disponible, mediante la reproducción de estereotipos que dan por supuesto cómo deben comportarse las víctimas de violencia sexual (“podría haber dicho ‘no’, pararse, irse”, “pedir ayuda o gritar”, siguieron en contacto con el “abusador”)”, concluyó el Tribunal.
De esta forma, la Cámara exhortó a la magistrada Fortunatti “jueza del Tribunal en lo Criminal 2 de Bahía Blanca, para que, en lo sucesivo, se sujete a las reglas del procedimiento de juicio por jurados y se abstenga de ejercer funciones que le son ajenas, de acuerdo con el reparto constitucional de competencias de ese procedimiento”. (NA)