En el marco de un juicio abreviado, la Justicia Federal de nuestra ciudad condeno en las ultimas horas a un sujeto a 5 años de cárcel por explotación económica y sexual a tres mujeres trans de origen paraguayo y que “residían” en nuestro medio.
La pena cayo sobre Miguel Angel Loyacono, cuya causa en su contra indica que desde fecha
indeterminada, pero al menos entre el 22 de enero de 2015 (fecha del informe de la Delegación Bahía Blanca de la Dirección de Migraciones que dio origen a estos autos) y hasta el 4 de octubre de ese mismo año (fecha en que se allanó el domicilio de calle Av. La Plata 868) de esta ciudad, junto a su pareja Maria Sheila Soto, abusando de la situación de extrema vulnerabilidad por la cual transitaban sus victimas, ofreció, captó y trasladó a nuestra ciudad al menos tres mujeres trans -N.M.P., G.N y G.S- oriundas de la República del Paraguay, a su domicilio antes mencionado, donde las recibía y convivía junto a ellas;
promoviendo, facilitando y dirigiendo la explotación sexual de manera habitual. Como consecuencia de ello Loyacno y su pareja retenían el 50% de las ganancias de los “pases” realizados por las damnificadas.
Sumado a ello, la víctima G.N., quien poseía un permiso de permanencia en el país vencido, pudo quedarse dentro de nuestro territorio gracias al alojamiento que él le facilitaba como así también el poco dinero que éste le habilitaba proveniente de la explotación sexual de la cual era víctima.
Se desprende del mismo que N., M.P. se apersonó en las oficinas de esa Dirección y mantuvo una entrevista con la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Dirección de Atención y Asistencia a la Víctima de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Allí mencionó que pertenecía a la comunidad trans, que era de nacionalidad paraguaya y que había venido a Bahía Blanca a trabajar en una “agencia” porque se encontraba en situación de profunda vulnerabilidad en su país pero que había cosas “que no le cerraban” con respecto a la persona que dirigía esa supuesta agencia junto a su pareja travesti.
LA RESOLUCION INDICA
CONDENAR a MIGUEL ANGEL LOYACONO, cuyasNdemás condiciones personales son de figuración en autos, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de explotación económicamente del ejercicio de la prostitución ajena, agravado por la condición de vulnerabilidad de las víctimas, hecho cometido durante un periodo indeterminado de tiempo, iniciado con anterioridad al 22 de enero de 2015 en el domicilio privado de su propiedad, sito en Avenida La Plata Nº868 de esta ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, a la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN de cumplimiento efectivo y las costas del juicio conforme arts. 127 inciso 1º del Código Penal y 530 del Código Procesal Penal de la Nación.
Esta entrada ha sido publicada el 30 de noviembre, 2024 10:55
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