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Después de 4 años procesados, sobreseen a dos integrantes del V Cuerpo, en una causa por abuso

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El presunto delito sexual contra una adolescente de 17 años que se habría consumado el 29 de marzo del 2020, en las instalaciones del V Cuerpo de ejercito de Florida al 1400 tuvo un fallo de la Justicia Federal que sobreseyó a dos miembros imputados en el caso

Se trata de Jonathan Alexis Romero Diaz y el Sargento Carlos Alberto Inés, quienes ante la intencion de no seguir adelante con la denuncia, por parte de la victima, el Fiscal Federal Walter López Da Silva solicito el sobreseimiento de ambos.

Jonathan Alexis Romero Díaz era autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con el delito de abuso sexual simple, agravado este último ilícito por el número de intervinientes, respecto de la víctima K.M.V. En relación a Carlos Alberto Inés se le imputa ser autor del abuso sexual simple cometido respecto de la misma víctima, agravado por haber sido llevado a cabo junto con su consorte de causa.

Según la denuncia de la menor, oportunamente, indicaba que en abril del año 2020, al ex Comando del V Cuerpo de Ejército llegaron de manera voluntaria, porque su hermana tenía una relación de “amigovio” con uno de los acusados. Dijo que tomaron unos tragos y que ella mantuvo sexo consentido con un joven que le presentaron en esa ocasión (otro soldado, que no está acusado), aunque después quisieron sumarse otros dos. En principio pudo zafar, declaró que continuó con la relación de origen, pero que más tarde regresaron los ahora detenidos y la forzaron.

Al momento de elevar la causa a juicio y antes de la audiencia previa se peticionó que se disponga como adelanto de prueba -previo al inicio del debate- la realización de una audiencia testimonial para que declare la víctima. Hecho que no se dio ya que la victima asesorada por una abogada y por psicólogos y en un informe elaborado señala y afirma que: “si tengo la posibilidad de desistir, yo quiero desistir. Yo no había entendido bien lo que me dijo el fiscal y mi hermana, que estaba ahí, cuando salimos me explicó. Yo quiero cerrar puertas (…) Hay cosas que no me acuerdo. Ya pasaron cuatro años. Hay cosas que me olvidé, hice borrón y cuenta nueva (…) necesito seguir con mi vida” (…)“con todo lo que me está pasando, yo esto lo dejo en manos de Dios. No quiero estar pensando en eso que me pasó (…) parar acá es lo mejor para mi salud mental y física (…) yo tuve problemas de depresión y al volver a revivir todo esto no sé cómo podría reaccionar”. Por último, sostuvieron que: “Cabe destacar, que la joven K.V.M. se
encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad, dado los hechos padecidos siendo menor de edad, la situación de consumo de sustancias psicoactivas que enfrentaba al momento de las victimizaciones y su estado actual de duelo por el fallecimiento reciente de su pareja”

Por tal motivo –dijo- le fueron explicadas las consecuencias jurídicas e implicancias que podría traer aparejada su manifestación de voluntad, las cuales indicó comprender, y reafirmó su intención de no seguir adelante

El Fiscal Gabriel González Da Silva, luego de efectuar una reseña de los antecedentes del caso señaló que, pese a que la causa ha sido elevada a juicio, la víctima -siendo informada de las consecuencias
jurídicas que aquello podría aparejar- manifestó su deseo de no continuar adelante con la presente causa. Entendió así que, atento a la voluntad por parte de la víctima de desistir del ejercicio de la acción,
corresponde requerir el sobreseimiento de los imputados y el archivo de las actuaciones, con principal fundamento en la cuestión de género y motivados a no revictimizar a la denunciante


Esta entrada ha sido publicada el 7 de octubre, 2024 16:29

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