En el transcurso de las ultimas horas y mediante el acuerdo de un juicio abreviado, jueces del fuero Federal condenaran a una mujer acusada de usurpar terrenos y venderlos a gente de bajos recursos en nuestro medio.
la condena de 2 años de ejecución condicional, recayó sobre Carina Paola Paillamanque como co-autora del delito de usurpacion y robo simple cometidos entre agosto del 2020 y julio del 2021 en perjuicio de la Unión Ferroviaria de Bahía Blanca, de lotearlos y venderlos. El predio se encuentra en Don Bosco al 4100, delimitados por las calles Ugarte, pampa Central y una arteria sin nombre que limita con el predio de la Verificación Técnica Vehicular.
En el pedido que en su momento elevó el Fiscal Ulpiano Martínez, se hizo constar que el 15 de agosto de 2020, alrededor de las 15, un grupo de personas ingresó sin el permiso de los dueños ni de los poseedores del lugar para hacer demarcaciones en una superficie aproximada de 600 metros por 250 metros.
Se obtuvieron testimonios de vecinos que señalaron a Carina Paola Paillamanque y una familiar como referentes a cargo de asignar los lotes a las familias. Se obtuvo el permiso para intervenir los teléfonos de ambas sospechosas y de la desgravación de varias de esas comunicaciones surgieron las evidencias
en el marco de la investigación se realizaron dos allanamientos: en Leopoldo Lugones 1950 se secuestró el teléfono de Cecilia Paillamanque y en Almafuerte 2428, se incautó otro teléfono y hojas y cuadernos de interés para la causa que demuestran gestiones ante el Registro Nacional de Barrios Populares, con denominaciones como “Propuestas de inclusión de barrio al Renabap” y “nombre del barrio nueva Argentina, 2da opción, Tierras Argentinas 2”. Otras anotaciones, dan cuenta de la vulnerabilidad de las familias de las que estas estafadoras se aprovecharon. “6 familias señaron último, esperando fechas de cobro”, “familias anotadas pero que nunca pagaron” y “7 familias decidir si las agrego o no”. También se describe en la documentación que está secuestrada las condiciones en las que se prestaban servicios básicos a quienes se fueran a asentar a esos terrenos de la Unión Ferroviaria.
A la mujer le aplicaron REGLAS DE CONDUCTA, consistentes en: 1) fijar residencia y someterse al
control de la DCAEP por el término de la pena; 2) realizar tareas comunitarias, durante el transcurso de dos años, a razón de dos horas semanales, en la organización barrial “René Salamanca” de esta
localidad, consistentes en el dictado de talleres ad honorem de costura a los vecinos del lugar. HACER SABER a la imputada que si no cumpliere con alguna de dichas reglas, podrá disponerse que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido y si persistiere o reiterare el incumplimiento, podrá revocársele la condicionalidad de la condena, debiendo entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia