La justicia de Mar del Plata confirmó el fallo que absolvió a los acusados de organizar una estafa con la sucesión del Adolfo Herro, quien fuera asesinado en Cariló en el año 2005. La denuncia había sido presentada por Maximiliano Antonio Rodríguez Labastía, hijo extramatrimonial del contador.
La sala I de la Cámara de Apelaciones consideró que no se pudo probar que los acusados cometieron el delito de estafa, y por lo tanto, todos fueron absueltos de los cargos.
El fallo argumenta que, al momento de iniciar el proceso sucesorio (en 2005), no existía una obligación legal de denunciar a todos los herederos posibles. Esta obligación solo se estableció en la reforma al Código Civil y Comercial en 2014, y en ese momento Maximiliano Rodríguez Labastía aún no había obtenido un reconocimiento legal como hijo de Adolfo Herro.
Los jueces sostienen que la simple omisión de denunciar la existencia de otros herederos no constituye automáticamente un delito de estafa procesal. Para que exista este delito, se necesita un engaño comprobado que haya inducido a error al tribunal. En este caso, no se encontró evidencia de engaño suficiente, aseguraron.
En resumen, el fallo concluye que, en este caso, no se pudo demostrar que la omisión de denunciar herederos constituyera un acto de engaño lo suficientemente grave como para ser considerado estafa procesal. También se destaca que la falta de denuncia de herederos antes de la reforma de la ley en 2014 no podía ser penalmente reprochable.
Por esto, el tribunal resolvió sobreseer a Juan Alberto Marini debido a su fallecimiento, lo que extinguió su responsabilidad penal en el caso. Y confirmar la sentencia del juez de primera instancia que absolvió a todos los demás acusados, incluyendo a Eugenio Valentín Herro, Gustavo Adolfo Herro, Enrique Mario Pérez Ronda, María Josefa Rodríguez y Hugo Osvaldo Adobatti.