El Tribunal en lo Criminal N° 3, compuesto por los Dres. Daniela Fabiana Castaño, Eduardo Alfredo d’Empaire y Julián Francisco Saldías, condenaron a Pablo Martín Lacaze a la pena de 6 años y 2 meses de prisión por extorsión; y a Maximiliano Ezequiel Doreste a 1 año y 10 meses de prisión por encubrimiento agravado por su condición de funcionario público.
En coincidencia con lo expresado por el fiscal de juicio, Dr. Gustavo Zorzano, el juez Eduardo d´Empaire señaló en el fallo que “No hay duda que, mediando intimidación, el autor obligó a la víctima a poner dinero a su disposición. Y que esa intimidación fue un proceso que incluyó amenazas al damnificado, entre ellas, que lo ‘iban a partir’. Intimidar es causar o infundir miedo, y el accionar desplegado por Lacaze fue dirigido en ese sentido, resultando además idóneo para causar ese efecto en la víctima, quien fue atemorizado”.
Según la investigación, realizada por la UFIJ N.º 18, el hecho se produjo el día 14 de octubre de 2020, cuando un comerciante del lugar recibió una llamada de Lacaze, quien se desempeña en el Gabinete Técnico Operativo de la Comisaría de Punta Alta, y lo convocó a una reunión en dicha dependencia policial, negándose porque “tenía miedo que le hagan algo”.
La reunión finalmente se realizó dentro de un vehículo en la intersección de las calles Alvear y Saavedra de la ciudad de Punta Alta, donde Lacaze le manifestó en tono intimidante que, para seguir vendiendo y trabajando en su servicio de cadetería, tenía que pagarle un monto de dinero por semana.
El día 26 de octubre de 2020, se coordinó la entrega del dinero dentro de un auto – en el que estaba Lacaze- ubicado en la esquina de Villanueva y Espora.
Luego de ello, el efectivo se retiró rumbo a la Comisaría ubicada en Murature 590 y le entregó el dinero a su superior, Maximiliano Doreste, en cuyo poder fue secuestrado parte de ese efectivo en el marco de un procedimiento que se concretaba mientras sucedía el hecho extorsivo, a raíz de la denuncia realizada por propia víctima.
Además, el Tribunal le impuso a ambos inhabilitación para ejercer cargos públicos: 8 años para Lacaze y 5 para Doreste.
Esta entrada ha sido publicada el 12 de septiembre, 2022 19:01
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