En las últimas horas, La Camara de Apelaciones, Sala l, con la firma de los jueces Gustavo Barbieri, Pablo Somoulou y Juan Cumiz anuló una causa por tenencia de drogas contra 4 ciudadanos de Tornquist, entre ellos dos concejales del oficialismo
En marzo del 2020, el presidente del Concejo Deliberante de la ciudad serrana, Federico Labarthe, y el vicepresidente primero, Gustavo Cristian Raising, -ambos de Juntos por el Cambio- quedaron detenidos en el marco de una serie de allanamientos realizados por Gendarmería.
Según se informó, se secuestraron más de 10 macetas con plantas de cannabis sativa en la delegación Tornquist del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), en el marco de un allanamiento que se desprendió de otros operativos realizados en la comarca serrana.
Además de los ediles, que fueron aprehendidos en el INTA, hubo otras dos personas entre rejas, todos vinculados (según la acusación) de cultivo ilegal de cannabis sativa. Las otras dos personas (Teresa María Haag de 65 años y Enrique Oscar Navas de 67, una pareja que cultivaba con fines medicinales para tratar sus dolencias y colaborar con la fibromialgia que padece la mujer del concejal Labarthe) fueron arrestadas en un domicilio particular que dio origen al operativo.
La causa arrancó a partir de una denuncia anónima y se reactivó a datos a una persona fotografiada en su propia plantación en el patio de la vivienda“, se trata de un delito de tenencia simple que tiene una pena que va entre 1 a 6 años de prisión, figura que se les imputa a los dos concejales como al matrimonio restante detenido”.
En el marco de los operativos se secuestraron cogollos fraccionados, plantas, balanzas de precisión, documentación y teléfonos celulares, aunque no se se encontró aceite de cannabis ni goteros.
Según la acusación los dos ediles fueron sorprendidos cuando salían del organismo en un vehículo “con doce macetas que estaban ocultando ya que estaban tapadas con una frazada”.
Los dias pasaron, los acusados fueron liberados, mientras avanzaba la causa. En los últimos meses el Fiscal Mauricio Del Cero apeló a Camara la resolución dictada por la Jueza del Juzgado de Garantías nro. 4 Departamental -Dra. Marisa Prome-, que no hizo lugar a la elevación a juicio requerida por el fiscal y dispuso el sobreseimiento de los coprocesados Haag, Navas, Labarthe y Raising.
Luego de una serie de planteos y análisis los jueces de Camara declararon la nulidad de los allanamientos ordenados por la Justicia de Garantías, basandose en que la información -que aportaban esos inicios investigativos- resultaba insuficiente para alcanzar prueba contunddente para allanamientos y la afectación al derecho a la intimidad
dice parte de la resolución: se ha dictado la orden de allanamiento del domicilio, contándose solamente con la información que surgía de dos escritos anónimos y de tareas policiales que poco aportaban sobre la efectiva comisión de delitos, lo que no alcanzaba para satisfacer la solidez probatoria requerida por la normativa procesal….esa prueba resultaba insuficiente para justificar, a esa altura de la investigación, una medida con una injerencia de tal entidad sobre la privacidad de las personas y no abastecía el nivel de exigencia requerido
Los jueces hacen mención al uso poco claro de un dron: difícilmente pudiera afirmarse que ellas resulten de una claridad tal como para constituir un indicio cierto y fiable de que en el inmueble en cuestión existían plantas de marihuana. Su falta de nitidez impide distinguir una planta de marihuana de cualquier otro tipo de plantación vegetal; lo que se observa, predominantemente, son media-sombras que cubren el patio de la vivienda y algunas ramas o plantas color verde que se ubican a su lateral derecho, que -desde la distancia en que han sido tomadas la fotos- impide que pudiera razonablemente afirmarse que se trata de una especie vegetal o de otra.
En definitiva se dispuso nulidad de allanamientos y todo lo actuado en esa causa que tuvo trascendencia nacional
Oportunamente y para dejar en claro, desde Tornquist se hizo la siguiente aclaración con respecto a una ordenanza para el uso medicinal y de experimental del cannabis y autorizacion del uso de instalaciones del INTA
La Defensoría ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires sacó un comunicado y aseguró que el INTA “se encuentra habilitado a cultivar cannabis con fines medicinales”.
“Respecto a los hechos de público conocimiento motivados en los distintos allanamientos y detenciones dispuestas por tenencia de cannabis medicinal en la localidad de Tornquist se pone de manifiesto que en función de las leyes 17.138 y27.350 el INTI se encuentra habilitado a cultivar cannabis con fines medicinales. A su vez, en función del art. 19 de la Constitución Nacional, si no hay afectación a la salud pública, no hay delito. Por el contrario, la persecución y detención de personas que tratan su salud con cannabis sí puede afectar la salud pública”.