La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de nuestra ciudad sobreseyó al policía Nazareno Luján Bilbao Bermudez quien estaba ligado a una causa por homicidio, acusado de disparar y matar a un sujeto, luego que este protagonizara una entradera. Tras la misma, huyo en compañía de otro sujeto a bordo de una moto, hecho ocurrido en agosto del 2019
Para los jueces Gustavo Angel Barbieri y Pablo Hernán Soumoulou el agente actuó el legitima defensa.
Dieron por acreditado lo expuesto por las partes y analizando que 8 de agosto de 2019, el oficial Bustamante y Bilbao Bermudez observaron una motocicleta en la que circulaban dos hombres, uno de ellos -la víctima de autos-, iba como acompañante detrás del conductor, y que sus características eran compatibles con la descripción pasada por radio en relación a los dos partícipes de un robo ocurrido poco menos de una hora antes, en calle Necochea al 4000, y que habían huido del lugar en una moto negra, vestidos con ropa oscura.
Ante ello, destaca, el aquí imputado dio la vuelta a la manzana para interceptarlos y se situó frente a la moto -en su sentido de circulación- prendiendo las sirenas de su motocicleta y haciendo señas con la mano para que se detengan, haciendo caso omiso los sospechosos.
los dos policías comenzaron su persecución y modularon por radio esas novedades, por lo que en la casilla de policía de Charcas y Fragata Sarmiento, los efectivos Ponce y Noriega, también, intentaron detener al vehículo, sin lograrlo.
el sujeto que iba a atrás en la moto, que sería Parra, extrae de la mochila un arma, se da vuelta y dispara contra los policías, con intención de herirlos mortalmente, habiendo podido percibir, incluso, el acusado: “…el zumbido de los proyectiles pasar cerca de su casco...”. Ante esa agresión, Bilbao Bermúdez respondió disparando con su arma reglamentaria.
Posteriormente, el sospechoso volvió a dispararle y él a responder, continuando la persecución en cuyo desarrollo Parra persistía apuntando con su arma a Bilbao Bermúdez, que lo seguía en zig zag para evitar que lo apuntara directamente, volviendo a acaecer un intercambio de disparos
al advertir la caída, el aquí imputado se acercó en su motocicleta, dándoles la voz de alto, siendo que -en ese momento y desde el piso- Parra “…se empieza a incorporar con el arma en la mano apuntándole directamente a Bilbao Bermudez, quien vuelve a impartirle la orden “quedate en el piso tira el arma”, haciendo Parra un ademán como que baja el arma para volver a levantarla apuntándole nuevamente hacia la humanidad de nuestro asistido, siendo en ese preciso instante, cuando el efectivo Bilbao Bermudez hace dos o tres disparos y Parra cae...”. Bilbao procedió, luego, a esposar al conductor de la moto, en instantes en que llegó el policía Bustamante, a quien le pidió que revise al sujeto que estaba herido, advirtiéndole que estaba armado.
Debe concluirse que el acusado ha actuado justificadamente en cumplimiento de un deber y en defensa propia, desplegando una acción necesaria y racional, contra una agresión ilegítima, inminente y no provocada.
la conducta desplegada por Parra lo ubicó ante la necesidad de actuar en defensa propia y ante el potencial riesgo que ello implicaba para su persona.
En julio de 2020, quien conducía la moto en la que fugan de la entradera, Alekwsovich fue condenado a 9 años de cárcel,fallo que emitió el Tribunal Criminal 1, tras un juicio abreviado y en el que tenía otras causas, por eso fue declarado reincidente.
Alecsovich ya tenia una condena a tres años de prisión en diciembre de 2016 por un robo calificado, ello resultó ser un agravante para arribar al veredicto.