El nene tenía 5 años

Lo condenaron por provocar un accidente en el que murió su hijo: iba alcoholizado, sin carnet y en una moto sin luces

En el marco de una investigación realizada por el Fiscal Cristian Aguilar, titular de la UFIJ N° 1, el Juzgado Correccional N° 1 a cargo del Dr. Gabriel Giuliani condenó a Eduardo David Palavecino a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación por el término de 5 años para conducir, por haber manejado su moto de manera imprudente hecho que ocasionó la muerte de su hijo.


Según la causa, el hecho se produjo el día 19 de febrero del año 2017, cuando Palavecino circulaba por la Avenida Alem de Tornquist, al mando de la motocicleta, llevando de acompañante a su hijo con un casco más grande que el que correspondía, vencido, sin luz delantera, con calzado inapropiado -atento que conducía con ojotas-, sin licencia de conducir y con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre; cuando se dispuso a traspasar la intersección de la calle Libertad no respetando la prioridad de paso que le asistía a quien circulaba por su derecha e impactó contra el lateral izquierdo de un vehículo Volkswagen Quantum comandado por el Sr. Fernando Sandoval ocasionando a raíz del impacto, la muerte del chico.


“No puedo dejar de tener en cuenta, que si bien es cierto la víctima de autos resulta ser el hijo del imputado, lo que en un sentido reduccionista llevaría a la aplicación de pena natural, las circunstancias que rodearon el caso no habilitan, a mi juicio, la eximición de la pena.


Toda vez que el hecho juzgado no fue abarcativo sólo del accionar típico de un caso culposo donde la imprudencia del autor se encuentra dada en soledad por una maniobra ínsita en la acción de manejo con la consecuente creación del riesgo. Sino más bien el mismo estuvo precedido de una ingesta alcohólica (1,10 gramos de alcohol en sangre, conforme pericia de fs. 167) que aumentó más aún el riesgo propio creado por la conducción vehicular.


Es decir, el encartado, no sólo no tenía autorización estatal para circular, ni tampoco el rodado se hallaba en condiciones de hacerlo por las deficiencias propias del mismo, más allá de su falta de seguro y de circular por una arteria que no le habilitaba la prioridad de paso, como así también trasladaba a su hijo menor sin las precauciones debidas, sino que lo hacía con alcohol en sangre en su cuerpo, más allá de lo permitido por la ley de tránsito nacional, siendo ello determinante en el aumento de tener un debido dominio del rodado en el cual circulaba, aumentando en consecuencia el riesgo de su vida, la de su hijo y terceros”, afirmó el juez en su sentencia.


Por todo ello, el Juez entendió que Palavecino es autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria del vehículo automotor, y por la alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre.

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Dra. Jessica Mineo
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