La Justicia Federal concedió en el transcurso de las últimas horas la excarcelación bajo caucion juratoria del cabo de la Armada Jonathan Alexis Romero Diaz, acusado de un abuso sexual a una menor en el ex-Comando V Cuerpo del Ejército, en marzo del año pasado.
El defensor particular de Romero Díaz indicó en su solicitud que no existe riesgo alguno de fuga y/o entorpecimiento de la investigación, mas alla de la alta expectativa de pena (un mínimo de 8 años). Agregó que su pupilo está seguro de su inocencia y que por ello es que viene solicitando desde el mes de septiembre de 2020 que se realice un cotejo de ADN entre los rastros recabados en la investigación y una tercer persona que menciona.
Además, señaló que su defendido en ningún momento puso en duda el testimonio de la víctima o prestó una declaración mendaz, que no ha habido contradicciones en su relato e incluso la pericia genética respalda su versión.
En tanto el Fiscal General dijo que si bien la pena en expectativa es alta, con un mínimo de ocho y un máximo de veinte años de prisión o reclusión, desde el punto de vista probatorio en la causa restan amplias cuestiones que sustanciar, maxime que resultados de ADN dieron negativo en las prendas de la victima. Dictaminó a favor de que recupere su libertad aunque, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos que se le imputan, con la finalidad de preservar la integridad física y psíquica de la víctimaidió que quede sujeto a una serie de restricciones
Se recuerda que el material del cual se extrae el ADN fue tomado al cabo conductor motorista Jonathan Alexis Romero Díaz (29), acusado de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una joven de 17 años, a fines de marzo, culminó con resultado negativo; El sargento Carlos Alberto Ines (38), otro de los acusados por la chica, también fue procesado, pero por abuso sexual simple y está excarcelado aunque vinculado al expediente.
Al cabo primero Omar Ignacio Grandoli (27), el tercer sospechoso, se le dictó la falta de mérito, que es un punto intermedio entre el procesamiento y el sobreseimiento.
COMO FUE EL CASO
El hecho se registró el domingo 29 de marzo del 2020 en las instalaciones militares de la calle Florida.
Según la denuncia de una menor, al ex Comando del V Cuerpo de Ejército bahiense llegaron de manera voluntaria, porque su hermana tenía una relación de “amigovio” con uno de los acusados. Dijo que tomaron unos tragos y que ella mantuvo sexo consentido con un joven que le presentaron en esa ocasión (otro soldado, que no está acusado), aunque después quisieron sumarse otros dos. En principio pudo zafar, declaró que continuó con la relación de origen, pero que más tarde regresaron los imputdos y la forzaron a tener relaciónes.
Con el tercero, al parecer, hubo un incidente aparte, esa misma noche. Por eso las acusaciones son distintas, según el caso.
Volviendo al fallo los jueces Federales indicaron que Romero Díaz debera cumplir reglas como,no obstaculizar la investigación, someterse al Patronato de Liberados de Cordoba (donde se radicará), presentarse cada 15 días a la sede de Policía Federal, no acercarse a la victima a menos de 1000 mts, y prohibirle la salida del país, haciéndoles saber que en el caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas, se revocará la
excarcelación concedida, declarándoselo rebelde y se ordenará su inmediata captura.
Esta entrada ha sido publicada el 23 de junio, 2021 17:02
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