Liberaron al hombre que acosó a una nena por Facebook y luego fue golpeado por los padres de la víctima

El acusado fue excarcelado con una orden de restricción por disposición de la Justicia de Río Gallegos. “Si lo hubiésemos matado, los malos íbamos a ser nosotros”, sostuvo la familia de la víctima.

El caso de grooming en Río Gallegos que fue noticia días atrás después de que la madre de la víctima, una nena de 12 años, se hiciera pasar por ella para pactar un encuentro con el acosador y le diera una paliza junto a su pareja, sumó en las últimas horas un nuevo y polémico capítulo. La Justicia liberó al acusado bajo caución juratoria.

El presunto acosador estuvo menos de 48 horas detenido, después de pasar la primera noche en el hospital, donde los médicos que lo asistieron constataron lesiones graves por una fractura en el pómulo derecho debido a la paliza que recibió.

Según informaron los medios locales, el domingo se hizo un allanamiento en el domicilio del acusado en busca de dispositivos electrónicos que pudiera haber usado para contactar a las menores. En ese procedimiento incautaron un celular, además del teléfono que el sospechoso llevaba con él al momento de ser detenido.

Un día después el Juzgado de Instrucción Penal dejó en libertad al acosador bajo caución juratoria. Además, la Justicia le impuso una prohibición de acercamiento de 200 metros al sujeto con respecto a la familia de la nena que lo denuncia. Pese a la medida precautoria, la noticia de su excarcelación cayó como un balde de agua fría para las víctimas.

En diálogo con La Opinión Austral, Gabriel, la pareja de la madre de la víctima, expresó: “Me hace calentar por lo que le hacen a los chicos. ¿Cuántas veces los violines les cortan la infancia a las nenas? Que quede libre es el colmo pero bueno, es la Justicia que protege más a los violines y asesinos”.

Y concluyó: “No lo digo sólo por la hija de mi pareja, lo digo como ser humano. Apoyaría a cualquier nena en esta situación. Los jueces son terribles. Pero bueno, si lo hubiésemos matado, los malos íbamos a ser nosotros”.

¿Qué dice la ley?

El Artículo 131 de la Ley 26.904 indica que: “Será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”. Cabe aclarar que, en caso que las penas sean menores a tres años de prisión, son excarcelables y los jueces pueden resolver que los imputados pasen el procesamiento sin prisión preventiva.

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Fuente: TN

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Dra. Jessica Mineo
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