El abogado correntino Cristian Casco estaba detenido desde hace más de un año en la comisaría 2° de Goya, acusado de los delitos de “lesiones graves doblemente calificadas, daño y coacciones”, tras pegarle brutalmente a su expareja tres días después de que ella lo dejara. En las últimas horas, la Justicia lo excarceló con un insólito argumento.
El hecho ocurrió en marzo del año pasado. Casco, que ya tenía antecedentes por violencia de género, escapó entonces y fue detenido una semana después. Ahora, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Mercedes le concedió la libertad y uno de los polémicos argumentos en los que se basó fue que el hombre “utilizó el puño y golpeó en partes donde no pudo ocasionar la muerte”.
La víctima, Gisela Dezorzi, había sufrido lesiones en la cabeza y terminó con dos costillas fracturadas como consecuencia de la paliza. Sin embargo, los jueces recién la notificaron del pedido de cese de la prisión preventiva de Casco cuando la resolución ya había sido tomada. “Vamos a recurrir en Casación porque acá se violó el derecho de la víctima y es un peligro para Gisela que este hombre esté libre”, sostuvo el abogado querellante Pablo Fleitas ante los medios locales.
Casco deberá usar una pulsera electrónica y realizar tratamiento psicológico. El hombre tendrá prohibido acercarse a menos de 200 metros de la víctima, a quien se le otorgó a su vez un dispositivo de geolocalización para controlar que efectivamente no estén en un radio menor al dispuesto por la Justicia.
Además, tal como lo recomendara la psicóloga forense en su informe, tendrá que concurrir todos los lunes a la comisaría más cercana a su domicilio, fijado en el paraje “San Antonio”.
El único juez que votó en contra de la liberación de Casco fue Jorge Antonio Carbone. En su fallo sostuvo que el caso “no sólo debe ser analizado a la luz de las normas internacionales sobre derechos humanos que amparan al imputado, sino que deben ser conjugados armónicamente con los derechos que resguardan a las personas vulnerables como la mujer, ameritando un tratamiento más exhaustivo”.
“No encuentro fundamento para otorgarle una segunda oportunidad, a través de la concesión del beneficio del cese de prisión con el mismo resguardo que ya incumplió (colocación dispositivo electrónico de control de movilidad) más aún cuando de su propio escrito se infiere su negación por la falta cometida, echando toda la culpa a la víctima, irrogándole sin fundamento o prueba que acredite sus dichos, que la misma realizó los actos impropios para perjudicarlo”, sostuvo Carbone.
El juez indicó que una posible libertad de Casco volvería a colocar a la víctima “en un estado de vulnerabilidad, contrariando toda la normativa nacional e internacional que protege a la mujer”.
Esta entrada ha sido publicada el 20 de noviembre, 2020 11:25
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