El Tribunal en lo Criminal Nro. 2 integrado por los Dres. Eugenio Casas, Claudia Cecilia Fortunatti y Maria Eloisa Errea de Watkins, entendió que quedo legalmente acreditado que el día 3 de abril de 2014, siendo aproximadamente las 4:30hs., al menos tres sujetos de sexo masculino, en circunstancias en que Mariano G. Murgoitía abria el portón del garaje, ingresaron portando armas a su domicilio y lo desapoderaron al nombrado y sus padres de dinero en efectivo y otros elementos de valor.
Asimismo, entendió el Tribunal que la Fiscalía logró acreditar la autoría en cabeza de los acusados. Por ello condenó a Damian Luis Eguren a la pena de 6 años de prisión accesorias legales y cosstas y a Emiliano Jesús Veralli a la pena de 5 años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas por resultar autores penalmente responsables del delito de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda y con armas de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser demostrada (arts. 54, 166 último párrafo y 167 inc. 2do. del Código Penal).-
La semana pasada, durante los alegatos, el fiscal Romero jardín habia solicitado penas de 7 años para Veralli y 8 años de prision para Eguren