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Vacunas VIP: “La legitimación que otorga el proceso democrático no avala la apropiación despótica del interés público”

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El reciente episodio de la denominada “ vacunación vip” nos enfrenta y nos empuja , como sociedad, a reflexionar sobre la forma en que  se ejerce  poder   estadual y cómo ello se conjuga con el sistema democrático.

Sabemos que las bases de la democracia política son los valores de igualdad, fraternidad y libertad, cuyos baluartes son las y los ciudadanos y las y los gobernantes. Dichos valores y principios son imprescindibles tanto para el procedimiento democrático de acceso a los lugares de poder político como para  el ejercicio de la función. Va de suyo que la arbitrariedad, el abuso de poder, el desapego a la ley, la desigualdad y la exclusión social, claramente trastocan el interés público y controvierten  los plexos axiológicos que sustentan la democracia .

En el momento en que se ejerce el poder democrático, el interés público se torna imprescindible y se convierte en la razón de ser de las acciones gubernamentales. Identificar en qué consiste el interés público en un período de tiempo y bajo determinado gobierno, implica señalar y comprender el tipo de gestión estatal  que se desarrolla en un contexto histórico dado. También permite conocer cuál es la orientación de la administración estatal, es decir, si se dirige a hacer efectivos los derechos de  las y los ciudadanos o, si por el contrario, trata de beneficiar arbitrariamente a un grupo en desmedro del resto de la ciudadanía. Y por sobre todo, identificar el interés público que guía el accionar de un gobierno, nos  posibilita  evaluar cuáles son los límites del ejercicio del poder político.

Por otro lado,  el origen del interés público lo encontramos en la filosofía antigua,  en la concepción Aristotélica[1] sobre “bien común”, el  que  consiste en un equilibrio armonioso de los intereses particulares  en el seno de la comunidad. La ciudad, según la visión de este filósofo, reconoce las diferencias y basa su armonía  sobre un interés común concebido como un principio de equilibrio. El interés común no se opone a los intereses particulares de los gobernados,  sino que resulta, por el contrario, de su equilibrio armónico. Y el objeto de la política es armonizar las voluntades particulares.  Para Aristóteles,  todo gobierno constituido en vista del interés general es bueno y rigurosamente justo, y todo gobierno instituido en vista del interés de los gobernantes es vicioso en su origen porque no es sino una corrupción de una organización social buena, es el despotismo.

Ahora bien, cuando los bienes públicos son apropiados por los gobernantes para ser gestionados -utilizando la función pública como vehículo- como bienes privados destinados a unos pocos que son elegidos arbitrariamente y lesionando los derechos de la comunidad toda, especialmente los derechos fundamentales como la salud y la vida que quedan despreciados por el bienestar individual ¿a  qué se reduce el interés público? ¿con qué tipo de gobierno contamos? ¿la legitimación que otorga el proceso democrático, avala la apropiación despótica -en términos aristotélicos- del interés público? La respuesta a este último interrogante es rotundamente negativa. Y es aquí entonces cuando cobran protagonismo los mecanismos que refuerzan el sistema democrático como la transparencia, el control de los actos de gobierno, la participación popular y los partidos políticos, entre otros. A la democracia se la sostiene con más democracia y el interés público, desde la revolución francesa,  ha dejado de ser lo que el gobierno quiere que sea.

María de los Ángeles Rosón es Abogada (U.N.L.P.), Especialista en Derecho Administrativo (U.N.R.), Maestranda en Derecho Público (U.N.R.), Especialista en Herramientas constitucionales (U.SAL), Docente. Dirigente del partido político vecinalista Integración Ciudadana.


[1] Aristóteles, La Política, Buenos Aires, Centro Editor de Cultura, 2012,  p.79.

Esta entrada ha sido publicada el 28 de febrero, 2021 09:00

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