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ARBA lanzó un nuevo régimen para regularizar deudas

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De acuerdo a la norma, publicada en el Boletín Oficial de este viernes, podrán regularizarse deudas vencidas o devengadas que no se encuentren en proceso de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización o de discusión administrativa. Para adherir al plan de pagos habrá que solicitarlo en el sitio web de ARBA y habrá que cumplir una serie de requisitos.

El plan de pagos podrá abonarse al contado, en tres o seis cuotas con un 7,8% de interés o en 9 o 12 cuotas con un interés del 8,8%. Las cuotas no podrán ser inferiores a los $10.000 (para Ingresos Brutos, el componente complementario del Inmobiliario y Automotores en el caso de embarcaciones deportivas). Para el componente básico del Inmobiliario y los vehículos automotores la cuota mínima será de $5.000.

Condiciones para adherir

  • Se deberá declarar, en todos los supuestos, los datos personales y de contacto del sujeto cuya deuda se regulariza, a saber: CUIT, CUIL o CDI, teléfono fijo y/o celular y correo electrónico, de corresponder.
  • Se deberá regularizar el importe total de la deuda para los impuestos Inmobiliario y Automotores. En el caso de Ingresos Brutos podrán regularizarse importes parciales.
  • Para el caso del Inmobiliario y Automotores será necesario que no se registren deudas exigibles distintas de las que pueden regularizarse.
  • Para el caso de Ingresos Brutos el contribuyente tampoco deberá tener deudas exigibles distintas de las que puedan regularizarse. (Infocielo)

Esta entrada ha sido publicada el 4 de marzo, 2025 17:30

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Etiquetas: Arbadeudasrégimen