La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) controla las transferencias con el objetivo de garantizar la transparencia del sistema y prevenir prácticas ilícitas, como la evasión fiscal y el lavado de dinero. Sin embargo, las operaciones de $500.000 no están obligadas a ser reportadas en febrero de 2025, por lo que el organismo no realizará una investigación directa sobre estas transacciones.
Las entidades financieras, como bancos y billeteras virtuales, deben informar a ARCA los ingresos y egresos que excedan los $600.000. A su vez, los saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000. Además, serán objeto de investigación las transferencias emitidas mediante plataformas virtuales que tengan montos superiores a $2.000.000. Estos valores sirven como referencia para identificar transacciones que podrían generar dudas respecto a la legitimidad del origen de los fondos.
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Por lo tanto, las transferencias inferiores a dichos montos, como las de $500.000, no requieren un reporte automático a ARCA, salvo que superen otros límites establecidos o se realicen en un contexto de alta frecuencia de operaciones o acumulación de saldos mensuales. Por otro lado, para las transacciones realizadas en monedas extranjeras, criptomonedas o dinero digital, es necesario convertir los valores a pesos argentinos con el tipo de cambio vigente.
Es importante tener alguno de los siguientes documentos para poder respaldar tus transferencias a cuentas propias o de terceros:
- Boletas de compra y venta.
- Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Certificado de fondos emitido por un contador público.
Fuente: TN