El PAMI indicó que se va a continuar con la cobertura de medicamentos al 100% “como lo indica la legislación vigente”. Ahora, quienes necesiten acceder a esa cobertura para ciertos fármacos deberán tramitar el “subsidio social” que impone nuevos requisitos que hasta el momento no eran exigidos. Por lo tanto, el nuevo esquema significa en la práctica una restricción para el acceso a los medicamentos ya que muchas personas que hasta el momento accedían a medicamentos gratis ya no lo podrán hacer.
Entre los nuevos requerimientos, se exige que el beneficiario no perciba más de $390.000 mensuales, no esté afiliado a una prepaga y no tenga un automóvil de menos de 10 años.
La decisión fue adoptada en el contesto de un reordenamiento de la cobertura de medicamentos de PAMI a más de 5,3 millones de personas. La obra social difundió un comunicado en el que aclaró que, como parte de una “gestión planificada y eficiente”, el organismo se vio “en la necesidad de llevar a cabo readecuaciones en las coberturas de medicamentos a lo largo de este año en distintas etapas.
Las autoridades explicaron que se garantizará que el costo del medicamento esté “cubierto por el subsidio social para toda aquellas personas que realmente lo necesitan, priorizando el equilibrio financiero de la institución y garantizando el acceso a medicamentos para quienes no puedan pagarlos”. En ese sentido, el director del PAMI, Esteban Leguizamo remarcó: “No estamos sacando ningún medicamento del vademécum”.
Cuáles son los requisitos para acceder a los medicamentos gratis y cómo se tramita
PAMI garantiza el 100% de cobertura en medicamentos ambulatorios a través del Subsidio por Razones Sociales, destinado a personas afiliadas que debido a su situación de vulnerabilidad social no pueden afrontar el costo de sus medicamentos con descuento. Los afiliados que deseen tramitar este beneficio deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previos mínimos. En los hogares con convivientes que posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
- No estar afiliado a un sistema de medicina prepaga de forma simultánea con PAMI.
- No ser propietario de más de un inmueble, ni poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
- No tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, salvo los hogares con convivientes que tengan CUD, quienes podrán ser titulares de un vehículo con menos de 10 años de antigüedad.
- No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
- Si una afiliación no cumple con los puntos 1 y 2, pero los medicamentos necesarios representan un gasto igual o superior al 15% de sus ingresos, podrá solicitar el 100% de cobertura mediante un mecanismo de excepción. En este caso, se evaluará la situación a través de:
- Un informe social según la Disposición 7339/GPSyC/13 y la escalada de vulnerabilidad socio-sanitaria establecida en la Disposición 306/GPSyC/05 .
- Una revalidación médica.
- No están alcanzados por estas restricciones los Afiliados Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.