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La AFIP hizo cuatro aclaraciones sobre la devolución de las percepciones por los gastos en dólares

El ente recaudador aprobó los reintegros por Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar oficial o por el consumo de bienes y servicios en el exterior durante 2023. El reembolso se realizará en un lapso de seis meses.

En los primeros días de octubre, la AFIP comenzó a aprobar la devolución de percepciones del 30% por la compra de dólar oficial y de los gastos en moneda extranjera realizados entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Desde el organismo, que encabeza Florencia Misrahi, aclararon que el reintegro se realizará desde este mes de manera progresiva hasta marzo de 2025.

Esos adelantos -a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales- alcanzan a la compra del dólar oficial; compra de bienes servicios vía tarjeta de crédito o débito en el exterior -incluidos Netflix o Spotify-, entre otros.

Las principales claves de la devolución de percepciones por gastos en dólares

La AFIP comenzó a aprobar la devolución de percepciones a los contribuyentes que compraron dólar oficial o tuvieron gastos en dólares por la compra de bienes y servicios de en el extranjero.

Desde el organismo recaudador realizaron una serie de aclaraciones al respecto. Estas son:

  • La AFIP reintegrará las percepciones de los periodos fiscales hasta 2023 inclusive.
  • La devolución incluye el monto y los intereses devengados hasta la fecha de cobro.
  • El organismo realizará las devoluciones de forma escalonada, a partir de octubre y durante seis meses.
  • El reintegro del dinero tomará en consideración el orden en que se haya ingresado cada solicitud.
La AFIP comenzó a aprobar la devolución de percepciones a los contribuyentes que compraron dólar oficial o tuvieron gastos en dólares por la compra de bienes y servicios de en el extranjero. (Foto: Adobe Stock)
La AFIP comenzó a aprobar la devolución de percepciones a los contribuyentes que compraron dólar oficial o tuvieron gastos en dólares por la compra de bienes y servicios de en el extranjero. (Foto: Adobe Stock)

Según informaron, entre enero y septiembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos ya reintegró $50.000 millones.

Gasto en dólares: a qué compras aplica el reintegro de la AFIP

La devolución por parte de la AFIP corresponde a los recargos que se aplican sobre las compras de dólar solidario o los gastos abonados en moneda extranjera con tarjeta. Incluye:

  • Compras en el exterior,
  • Pagos de abonos o servicios en dólares (como Netflix, Disney+, HBO, Spotify)
  • Gastos en pasajes de avión para viajar fuera de la Argentina, entre otros.

Los requisitos para cobrar la devolución de percepciones de la AFIP

Los contribuyentes que pueden acceder a cobrar la devolución de percepciones de la AFIP por la compra de dólar oficial o los gastos en dólares en el exterior son aquellos que:

  • No se encuentren inscriptos en el impuesto a las Ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el Impuesto a las Ganancias pero no en Bienes Personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los Bienes Personales, ni les corresponda realizar esa inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los Bienes Personales pero no en Ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
  • Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las Ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.

Cómo seguir la solicitud de devolución de percepciones en la AFIP

El contribuyente que haya presentado una solicitud de devolución, que debe cargarse por gasto mensual,podrá realizar un seguimiento a través del servicio “Devolución de percepciones” en la página oficial de la AFIP.

Fuente: TN

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Dra. Jessica Mineo
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