La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) modificó la condición de expendio de determinados medicamentos que serán de venta libre en farmacias de todo el país y les permitió a los laboratorios duplicar el peso de cada comprimido.
La Disposición N° 8.227/2024 publicada en el Boletín Oficial establece que la concentración máxima habilitada de determinados compuestos será de 40 mg y dispuso que las presentaciones de expendio en las formas farmacéuticas orales sólidas no excedan a los 30 comprimidos y/o cápsulas.
El Ministerio de Salud de la Nación informó que se encontraba evaluando, en abril, un listado de 22 medicamentos para habilitar su venta sin receta. Desde entonces, dichos fármacos fueron investigados por grupos especializados para que puedan ser vendidos sin necesidad de ser indicados por un médico.
En mayo la ANMAT autorizó la venta libre de un grupo terapéutico perteneciente a la familia de los principios activos denominados “prazoles”. Estos tenían un límite permitido de entre 10 mg y 20 mg, administrados por vía oral en comprimidos.
Ahora, la Resolución ministerial N° 284/24 dice que “la revisión de la condición de venta de las especialidades medicinales, pudiendo declarar la venta libre a aquellas de probada calidad, seguridad y eficacia, que a través de la permanencia en el mercado nacional bajo condición de venta bajo receta, al menos durante los últimos 5 años, han probado la ausencia de efectos adversos graves, que afectaren el balance riesgo-beneficio”.
¿Cuáles son los nuevos medicamentos de venta libre?
- Pantoprazol como monodroga de hasta 40 mg. Vía oral solidas en comprimidos y/o cápsulas.
- Lanzoprazol como monodroga de hasta 30 mg. Por vía oral solidas en comprimidos y/o cápsulas.
- Esomeprazol como monodroga de hasta 40 mg. Vía oral solidas en comprimidos y/o cápsulas.
- Omeprazol como monodroga de hasta 40 mg. Vía oral sólidas en comprimidos y/o cápsulas. (0221)