El Gobierno formalizó este martes el aumento del 13% sobre el salario mínimo de los trabajadores que realizan tareas domésticas en casas particulares. El incremento se dividió en dos cuotas: 8,5% en julio y otro 4% en agosto sobre la base de los salarios pagados en mayo y julio, respectivamente.
De esta manera, los empleadores deberán pagar en los primeros días de septiembre una suba del 8,5% correspondiente al primer tramo. El acuerdo, alcanzado el 5 de agosto, fijó una cláusula de revisión el 18 de septiembre cuando se volverá a negociar un incremento salarial de las empleadas domésticas.
La recomposición salarial fue oficializada a través de la resolución 1 de la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares, publicada este martes en el Boletín Oficial, está firmada por Roberto Picozzi,presidente de la entidad que integran el Estado, representantes de los empleadores y de los sindicatos del sector.
Aumento para empleadas domésticas: cuánto cobro desde julio de 2024
De acuerdo con el aumento acumulativo del 8,5% que regirá para julio, la hora y el mes trabajado deberá pagarse (a principios de septiembre) de la siguiente manera y tendrán como base los abonados en mayo:
- Supervisores con retiro: $3038 la hora y $379.070 el mes trabajado;
- Supervisores sin retiro: $3327 y $422.241;
- Personal para tareas específicas con retiro: $2876 y $352.177;
- Personal para tareas específicas sin retiro: $3154 y $392.034;
- Caseros: $2176 y $343.606;
- Asistencia y cuidado de personas con retiro:la hora $2716 y el mes trabajado $343.606;
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3038 y $382.912;
- Personal para tareas generales con retiro: $2519 y $309.001;
- Personal para tareas generales sin retiro: $2176 y $343.606.
Aumento para empleadas domésticas: cuánto cobro desde agosto de 2024
De acuerdo al aumento del 4% que regirá para agosto, la hora y el mes trabajado deberá pagarse (a principios de octubre)- en base a los sueldos abonados en julio- de la siguiente manera:
- Supervisores con retiro: $3159 la hora y $394.233 el mes trabajado;
- Supervisores sin retiro: $3460 y $439.131;
- Personal para tareas específicas con retiro: $2991 y $366.265;
- Personal para tareas específicas sin retiro: $3280 y $407.715;
- Caseros: $2825 y $357.350;
- Asistencia y cuidado de personas con retiro:la hora $2825 y el mes trabajado $357.350;
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3159 y $398.229;
- Personal para tareas generales con retiro: $2620 y $321.365;
- Personal para tareas generales sin retiro: $2825 y $357.350.
Cuáles son las categorías de los trabajadores de casas particulares
Según las tareas realizadas, un trabajador de casa particular pertenece a una determinada categoría. Cada una de ellas, tiene asignada una remuneración mínima para la modalidad “con retiro” y “sin retiro”. También se especifica una remuneración “por hora” y otra “mensual”.
- Supervisor: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo;
- Personal para tareas específicas: cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal;
- Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo;
- Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores;
- Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Fuente: TN