En septiembre, se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto. Así lo estableció la ley 27.737 conocida como reforma fiscal. Desde el noveno mes, el piso superará los $2.000.000 para los trabajadores sin hijos. En diciembre, se volverá a elevar por el índice de precios y ya en 2025 se ajustará de forma semestral.
Hasta el 31 de agosto, los sueldos con ingresos brutos desde $1,8 millones en el caso de los solteros, y de $2,3 millones para casados con dos hijos tributan Ganancias. De acuerdo con lo que establece la nueva ley, el mínimo no imponible se fija en relación a la variación de precios que mide el INDEC. En esta oportunidad, se tomará el IPC trimestral correspondiente al período junio y agosto.
Según las estimaciones que realizó TN -con datos del INDEC y proyección del REM-, el acumulado en dicho trimestre se ubica en 12,9%. Esta suba se aplicará para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de septiembre de 2023, es decir, el que se cobra en fines de ese mes y principios de octubre.
Cuál será el nuevo piso de Ganancias desde septiembre 2024
La actualización del piso del Impuesto a las Ganancias estará vigente desde septiembre. De acuerdo a lo que establece la nueva ley, el mínimo no imponible se fija en relación a la variación de precios que mide el INDEC. En esta oportunidad, se tomará el IPC entre junio y agosto.
En junio, la inflación fue de 4,6% y en julio en 4%. Según el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que publica el Banco Central, agosto cerrará en 3,8%. Así, el acumulado en el trimestre alcanzaría el 12,9%.
- Hasta agosto, los trabajadores solteros con salarios brutos de $1,8 millones tributan Ganancias. Desde septiembre, estarían alcanzados aquellos con haberes de $2.032.200.
- En tanto, que para los empleados casados con dos hijos, se ubicaría en $2.596.700. Durante agosto, el piso era de $2,3 millones.
Qué pasa con la actualización del impuesto en lo que resta de 2024
A finales de junio, la AFIP reglamentó una serie de cambios en el Impuesto a las Ganancias de acuerdo a la ley 27.737. En lo que resta del año, habrá actualizaciones trimestrales que se darán en septiembre y diciembre.
A partir del 2025, los montos y las escalas se ajustarán de forma semestral, es decir, el 1° de enero y el 1° de julio en línea con el índice de Precios al Consumidor (IPC).
Calendario AFIP: cuándo vence la presentación del Impuesto a las Ganancias 2023
La AFIP extendió los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de saldos del Impuestos a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2023. El plazo para presentarlo varía de acuerdo con la terminación de CUIT de cada contribuyente. Las nuevas fechas límites son las siguientes.
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: miércoles 18 de septiembre,inclusive.
- Terminación CUIT 4, 5 y 6:jueves 19 de septiembre,inclusive.
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: viernes 20 de septiembre,inclusive.
La presentación de la declaración jurada se hace en la página de AFIP con clave fiscal dentro del servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”. Una vez realizada, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 19, 20 y 23 de septiembre, respectivamente.
Fuente: TN