La AFIP extendió el plazo para realizar la recategorización del primer semestre del año hasta el 9 de agosto inclusive. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Si bien la recategorización suele realizarse hasta los días 20 de los meses de julio y enero, la demora en la aprobación del Paquete Fiscal que incluye cambios para los monotributos, corrió los plazos. Según la AFIP el objetivo de modificar las fechas es a “fin de promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables”. Además se prorroga el vencimiento de la obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondiente al período agosto de 2024.
Por último se aclara que, las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025. Y que, se podrá cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive.
Esta entrada ha sido publicada el 29 de julio, 2024 09:00
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