La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó su normativa en relación al reporte de movimiento financieros en billeteras virtuales como Mercado Pago. La medida busca adaptarse a la creciente digitalización de las transacciones y optimizar el control tributario en la Argentina.
Desde el 24 de mayo de 2024, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales, deberán informar a la AFIP sobre las transferencias de sus usuarios solo cuando los ingresos o egresos mensuales igualen o superen los $400.000. Esta modificación eleva significativamente el umbral anterior de $120.000, permitiendo mayor flexibilidad en las operaciones cotidianas de los usuarios.
Además, el organismo recaudador estableció que los saldos finales mensuales que no alcancen o excedan los $700.000 no estarán sujetos a esta obligación de reporte. Esto significa que los usuarios podrán mantener hasta esa cantidad de dinero en sus billeteras virtuales sin necesidad de que estas transacciones sean informadas a la AFIP.
Claves de los cambios de AFIP para las billeteras virtuales
- Límite para informar transferencias que ingresen o egresen: aumentó de $120.000 a $400.000 por mes.
- El saldo final que no requiere reporte aumenta de $200.000 a $700.000 por mes.
- Vigencia: desde el 24 de mayo