La AFIP determinó cuáles son los nuevos límites para operar con billeteras virtuales desde mayo sin tener que dar aviso a la entidad.
Hoy en día es común utilizar las billeteras virtuales para realizar pagos en detrimento del uso de efectivo. En tanto, cuando dichas transacciones superan determinada cantidad de dinero, las billeteras virtuales están obligadas a informarlas a la AFIP.
Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no se reportarán a la agencia de recaudación de impuestos. Los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la AFIP.
En cuanto a transacciones individuales, se reportarán a la AFIP cuando superen los $400.000.
Estos límites son aplicables tanto para transacciones entre cuentas de Mercado Pago como para movimientos entre diferentes billeteras virtuales y bancos.
Los usuarios deben estar conscientes de estos límites para evitar inconvenientes con las autoridades fiscales y asegurar el manejo adecuado de sus fondos.
Si el organismo encargado de la recaudación de impuestos intima al contribuyente por la presencia de ciertas irregularidades, el usuario deberá presentar recibos de sueldo y/o facturas, entre otras cosas, para despejar cualquier tipo de error.
Fuente: DIB
Esta entrada ha sido publicada el 30 de abril, 2024 08:06
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