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Abrió la inscripción para los vouchers educativos para ayudar a pagar los colegios privados

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Este miércoles comenzó oficialmente la inscripción para recibir los vouchers educativos para ayudar a las familias a pagar las cuotas de los colegios privados. Tal como había anunciado el gobierno de Javier Milei, la solicitud del subsidio se hará de manera online y cerrará el martes 30 de este mes.

El programa que había sido adelantado en marzo por las autoridades nacionales estará vigente para alumnos de los niveles inicial, primario y secundario de escuelas privadas que tengan una subvención de hasta el 75% y cuya cuota mensual no supere los $54.396.

El beneficio anunciado consiste en la devolución del 50% del valor del arancel de jornada simple, excluyendo actividades extraprogramáticas; y se otorgará, en principio, durante los meses de mayo, junio y julio. El monto del beneficio se calculará en función de la cuota base de marzo de 2024, por lo que cada voucher tendrá un tope de hasta $27.198 por hijo.

¿Cuántos alumnos pueden acceder a las vouchers educativos?

Según los datos preliminares de la Secretaría de Educación de la Nación, cerca de 2 millones de estudiantes de más de 6 mil escuelas en todo el país podrían beneficiarse, siempre que sus padres tengan un ingreso familiar inferior a 1.419.600, es decir siete veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), según lo establecido en el Consejo del Salario.

El dinero se transferirá mediante acreditación bancaria al CBU que se solicitará en la planilla de inscripción, donde constará también la información del establecimiento educativo al que asisten los alumnos.

¿Cómo inscribirse para acceder a las vouchers educativos?

Para acceder a los vouchers educativos es necesario ingresar a la web del Gobierno nacional y dirigirse a la sección creada específicamente para tramitar el beneficio. Una vez allí, la página informa los requisitos para acceder al subsidio y también todos los que serán necesarios al momento de la inscripción.

Al clickear en el botón “inscripción”, los interesados deberán ingresar con su usuario o crear uno si es que no lo hcieron previamente y seguir luego los pasos indicados por el sistema.

Las dudas frecuentes al solicitar el voucher educativo

En la web del gobierno nacional se informan las respuestas a las dudas frecuentes a la hora de solicitar el voucher:

1 – ¿Quiénes pueden solicitar el Voucher Educativo?

Pueden solicitarlo las familias con hijos de hasta 18 años que asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada de niveles inicial, primario y secundario con al menos 75 % de aporte estatal.

2 – ¿Quién debe realizar la inscripción?

La inscripción debe ser realizada solo por una de las personas que ejerza la responsabilidad parental de estudiantes de hasta 18 años de edad inclusive: madre, padre o tutor.

3 – ¿Puedo solicitar el voucher por cada uno de los menores que tengo a cargo?

Sí, la prestación consistirá en una suma de dinero mensual por cada menor que asista a una institución educativa según lo establecido en el reglamento. Cada madre, padre o tutor puede inscribir a todos los menores que tenga a cargo.

4 – ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Voucher Educativo?

Responsables parentales:

  • Ser argentinos nativos o naturalizados o extranjeros con residencia legal de al menos dos años en el país y contar con DNI.
  • La suma de los ingresos de su grupo familiar no debe ser superior a siete Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
  • Solicitar la prestación dentro de los plazos fijados por la convocatoria.
  • Completar la encuesta solicitada al momento de realizar la inscripción en la plataforma.
  • Finalizar correctamente la inscripción en la plataforma.

Alumnos:

  • Tener al momento del cierre de la convocatoria hasta dieciocho años inclusive.
  • Asistir a una institución educativa pública de gestión privada de nivel inicial, primario o secundario con al menos 75 % de aporte estatal.
  • Cumplir con la condición de alumno regular.

5 – ¿Qué se entiende por ingresos del grupo familiar?

Estos ingresos son la suma de: las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia registrados; la asignación familiar por maternidad o maternidad Down, con exclusión de las horas extras; el plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario; las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y monotributistas; los haberes de jubilación y pensión, el monto de la prestación por desempleo y las sumas brutas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas de cualquier índole.

6 – ¿Los vouchers educativos son compatibles con otras prestaciones otorgadas por el Estado, como la Asignación Universal por Hijo o la Beca Progresar?

Sí, son compatibles con cualquier prestación otorgada por el Estado.

7 – ¿Cuál es la duración de la prestación?

Los vouchers educativos tendrán una duración de tres meses; serán ejecutados en mayo, junio y julio.

8 – ¿Qué necesito para inscribirme?

Cumplir con los requisitos, responder la encuesta que se solicita al momento de la inscripción y completar el formulario en la plataforma del programa. Es importante recordar el usuario y el correo electrónico con el que se registró. La información proporcionada tiene carácter de declaración jurada y la falsedad de los datos vertidos tendrá como consecuencia la imposibilidad de inscribirse al programa.

9 – ¿Cómo se abona el pago de la prestación?

Una vez realizada la inscripción, recibida la validación por parte de la institución educativa y confirmada la adjudicación, el pago estará a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Por este motivo, es importante tener actualizado el CBU correspondiente en Mi Anses.

10 – Una vez adjudicada la prestación, ¿cuándo se realizará el pago?

Para que se concrete el pago, las instituciones que se encuentren dentro del programa deberán certificar la condición de regularidad de los estudiantes aspirantes. Los beneficiarios que se inscriban y sean validados por las instituciones educativas entre el 3 y el 18 de abril recibirán el primer pago a comienzos de mayo y los siguientes en junio y julio. Quienes se inscriban del 19 al 30 de abril y sean validados por las instituciones educativas entre el 19 de abril y el 10 mayo recibirán el primer y el segundo pago en junio y el tercero en julio.

11 – Si cambio de institución al menor que tengo a cargo, ¿seguiré percibiendo la prestación?

Para seguir percibiendo la prestación, los beneficiarios deberán informar cambios de domicilio y pases de escuela, o cualquier otra variación relativa a su situación personal, familiar, patrimonial, laboral, económica y académica. Deben hacerlo a través de la plataforma en un plazo no mayor a quince días hábiles administrativos de ocurrido el cambio.

12 – ¿Cómo me entero del resultado de mi postulación?

El resultado de la postulación será publicado en la plataforma del programa. Los postulantes deberán ingresar con usuario y contraseña y dirigirse al apartado “Estado de tu solicitud”. En caso de no ser adjudicado, podrás acceder a las causas de la denegación.

13 – No fui adjudicado con la prestación por motivos socioeconómicos, ¿puedo hacer un reclamo?

No, si el rechazo se debió a motivos socioeconómicos no es posible realizar un reclamo.

14 – No fui adjudicado con la prestación por otros motivos, ¿puedo hacer un reclamo?

Si la postulación fue rechazada por errores en la carga de datos al momento de la inscripción o en la validación de la institución educativa, es posible efectuar un reclamo. Este debe hacerse en la plataforma del programa dentro de los cinco días corridos posteriores a la fecha de publicación de los resultados.

15 – ¿Por qué motivos se puede suspender la prestación?

Se suspenderá la prestación en caso de que el alumno pierda la condición de regularidad.

16 – ¿Por qué motivos puede cesar la prestación?

La prestación cesará por: vencimiento del programa; fallecimiento del alumno; renuncia del responsable parental; modificación de alguna de las causas que justificaron su otorgamiento; pérdida de la condición de alumno regular; el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el reglamento; falsedad u omisión de información en el proceso de inscripción. (0221)

Esta entrada ha sido publicada el 3 de abril, 2024 15:03

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