Las multas de tránsito han experimentado un aumento significativo al comenzar la temporada alta de vacaciones.
Ahora, infringir normas como cruzar un semáforo en rojo, exceder la velocidad permitida o circular sin VTV puede acarrear sanciones que van desde $115,000 hasta $771,000, marcando un aumento del 277% con respecto al verano anterior.
Entre las multas más altas se encuentra la negativa a realizar un test de alcoholemia, que puede llegar a los $925,200. Estas sanciones se calculan a partir de la Unidad Fija (UF), actualizada a $771 debido al aumento del combustible y aplicable durante enero y febrero.
Las multas se han incrementado drásticamente, instando a los conductores a ser precavidos al circular por las calles o rutas.
– Exceso de velocidad: entre $ 115.650 y $ 771.000 (entre 150 y 1.000 UF)
– No utilización de cascos en las motos o cinturones de seguridad en el vehículo: entre $ 38.550 y $ 71.000 (entre 50 y 100 UF)
– Pasar un semáforo en rojo: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Circular a contramano: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Por girar a la izquierda en zonas prohibidas: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Mal estacionamiento: entre $ 38.550 y $ 71.000 (entre 50 y 100 UF)
– Conducir alcoholizado: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Negarse a realizar un test de alcoholemia: entre $ 385.500 y $ 925.200 (entre 500 y 1.200 UF).
– Por circular con la VTV vencida: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Por manejar sin contar con la edad reglamentaria: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Por manejar sin habilitación: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Por circular sin la documentación: entre $ 38.550 y $ 71.000 (entre 50 y 100 UF)
– Por circular sin cobertura de seguro: entre $ 231.300 y $ 771.000 (entre 300 y 1.000 UF)
– Por circular sin el comprobante del seguro: entre $ 38.550 y $ 71.000 (entre 50 y 100 UF)
– Por circular con exceso de ocupantes: entre $ 38.550 y $ 71.000 (entre 50 y 100 UF). (DIB)
Esta entrada ha sido publicada el 2 de enero, 2024 17:02
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