El proyecto que será tratado en el Congreso establece una reforma profunda en el Estado. Uno de los puntos incluye darle la potestad a las casas de estudio de cobrarle a quienes no sean ciudadanos argentinos.
La Ley Ómnibus de Javier Milei fue enviada al Congreso de la Nación, donde los legisladores ahora deben darle tratamiento en sesiones extraordinarias. Entre las reformas que plantea el Gobierno se incluye la autorización a universidades para arancelar el estudio superior a extranjeros que no tengan residencia permanente.
“Respetando fielmente el principio de gratuidad de la educación universitaria para argentinos y extranjeros residentes, se autoriza a que las universidades que lo deseen puedan arancelar la educación de extranjeros no residentes”, explica el texto de 664 artículos.
En particular, la sección III de este proyecto se centra en las universidades de gestión estatal y privadas, proponiendo cambios radicales en diversos aspectos. Sin embargo, no menciona el sistema de vouchers que quería implementar Javier Milei, medida que estaba entre sus propuestas de campaña antes de ganar las elecciones.
El artículo 553 del proyecto de ley plantea una modificación sustancial al artículo 2° bis de la Ley N° 24.521. Según esta propuesta, los estudios de grado en instituciones de educación superior de gestión estatal serían gratuitos para todos los ciudadanos argentinos, nativos o por opción, así como para extranjeros con residencia permanente en el país.
“Se prohíbe cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, estableciendo un principio de acceso igualitario a la educación superior”, dice la reforma. Sin embargo, se permite a las instituciones establecer aranceles para aquellos estudiantes que no cumplan con estos requisitos.
El artículo 554 propone modificar el artículo 7° de la Ley N° 24.521 para garantizar un acceso libre e irrestricto a la enseñanza de grado en el nivel de educación superior para todas las personas que hayan aprobado la educación secundaria.
El ingreso se complementaría mediante procesos de nivelación y orientación profesional y vocacional, sin que estos tengan un carácter selectivo, excluyente o discriminatorio. Adicionalmente, se ofrece la opción de un examen de ingreso directo como alternativa al proceso de nivelación.
El proyecto propone sustituir el artículo 44 de la Ley N° 24.521 para establecer evaluaciones externas, a cargo de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o entidades privadas constituidas para tal fin, cada diez años.
Estas evaluaciones abarcarán las funciones de docencia, investigación, extensión y gestión institucional en el caso de instituciones universitarias nacionales. Las recomendaciones resultantes tendrán carácter público, fomentando así la transparencia y el mejoramiento continuo de las instituciones.
En relación con el financiamiento, el artículo 556 propone modificar el artículo 58 de la Ley N° 24.521 para establecer una distribución del aporte del Estado nacional basada en criterios como el número de estudiantes matriculados, tipo de carrera y área de formación.
Este aporte, determinado anualmente en el presupuesto general, busca asegurar el acceso a la educación superior en todo el territorio nacional, fomentar la calidad de la formación y garantizar la eficiencia en el uso de los recursos públicos. Además, se establecen mecanismos de seguimiento y evaluación para verificar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos.
Además, impulsan cambios en el sistema educativo, con un examen integrador al finalizar la educación secundaria, y la posibilidad que los padres puedan tener conocimiento de las notas de sus hijos. Se permite que los profesionales no docentes puedan participar del proceso educativo y se prohíbe el ingreso de personas sin secundario completo en la educación superior.
Fuente: TN
Esta entrada ha sido publicada el 28 de diciembre, 2023 07:21
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