LEY OMNIBUS

Insólito requisito para reuniones en espacio público: si son más de tres personas deberán pedir permiso

La Ley Ómnibus enviada al Congreso para ser debatida durante las sesiones extraordinarias en curso incluye un insólito requisito para las reuniones en espacios públicos, puesto que en el caso de participar tres o más personas se deberá pedir permiso al Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación de 48 horas.

El paquete de reformas que el presidente Javier Mileicontiene las principales medidas que pretende implementar durante su primera etapa de gestión: desde la privatización de todas las empresas públicas hasta el cierre del INADI. En este contexto, el proyecto contempla un capítulo dedicado a la Seguridad Interior, cuya primera sección busca reglamentar la organización de las manifestaciones, fijando duras sanciones para los organizadores y aquella persona que impida el funcionamiento normal de los transportes.

Además de la modificación propuesta al Código Penal, a través del artículo 331 del proyecto, el Gobierno define a la reunión o manifestación como una “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”, con el propósito de ejercer el derecho a la protesta.

De ser aprobada la ley sin ninguna modificación en materia de seguridad interior, estas reuniones o manifestaciones deberán ser notificadas al menos 48 horas antes de su realización al Ministerio de Seguridad, detallando las características; los datos de la persona u organización que la convoca, especificando “nombres y datos personales”; la finalidad de la movilización; el recorrido que tendrá; el tiempo de duración; y la cantidad estimada de participantes.

La marcha de la CGT en rechazo al DNU (Luis ROBAYO / AFP)La marcha de la CGT en rechazo al DNU (Luis ROBAYO / AFP)

Una vez recibida toda esa información, la cartera dirigida por Patricia Bullrich otorgará un comprobante que certifique la correcta presentación realizada, documento que deberán tener los organizadores al momento de la realización de la convocatoria. De contar con esto, la movilización podrá realizarse siempre y cuando no estorbe, impida o entorpezca el tránsito.

En esa línea, el Ministerio tendrá la facultad de oponerse a la realización de la reunión, “fundamentándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o seguridad nacional”, así como también podrá proponer modificaciones al horario, la ubicación o la fecha.

En el caso de que se trate de una manifestación espontánea, el Gobierno plantea que la notificación deberá ser presentada “con la mayor antelación posible”, respetando los requisitos mencionados anteriormente.

Fuente: INFOBAE

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Dra. Jessica Mineo
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