Mediante el decreto 414, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno elevó el monto desde el que los empleados en relación de dependencia deben pagar el tributo a partir de agosto. Las nuevas escalas.
El Gobierno oficializó el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias. Con esta medida, a partir de agosto solo pagarán el tributo los sueldos superiores a los $700.875 brutos inclusive, de acuerdo con el decreto 414, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
En los meses en que la remuneración bruta del mes supere ese piso y resulte inferior o igual a $700.875 los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada. Estas disposiciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de agosto de 2023.
Por su parte, mediante el decreto 415, el Gobierno instruyó a la AFIP a que incremente en un 35% los importes de las escala progresivas y que se aplique en forma retroactiva a enero de 2023. Así, la devolución se realizaría en dos cuotas mensuales junto a las remuneraciones de agosto y septiembre de este año.
Con el nuevo piso de Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $700.875 inclusive.
La suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias estará vigente desde agosto de 2023 y, según explicaron desde el Ministerio de Economía, está vinculada a la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre abril, mayo y junio de 2023.
De acuerdo con la información brindada por el Ministerio de Economía, 1.015.000 empleados se verán beneficiados:
Según la proyección del ministerio de Economía, unos 300.000 empleados dejarán de pagar el Impuesto a las Ganancias, la mayoría de ellos en la provincia y la Ciudad de Buenos Aires. Así es el reparto por provincias:
Fuente: TN
Esta entrada ha sido publicada el 11 de agosto, 2023 08:33
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