Este año en la Argentina habrá elecciones presidenciales para definir al reemplazante de Alberto Fernández.
Este domingo 13 de agosto serán las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en la Argentina y el Ministerio del Interior, encargado de organizar los comicios en todo el país, publicó cuál es la remuneración que recibirán las autoridades de mesa.
Según la medida publicada en el Boletín Oficial, la compensación solo será otorgada a aquellos que efectivamente desempeñen la función asignada.
Las personas que sean seleccionadas como autoridades de mesa durante las diferentes etapas electorales, es decir, las PASO, las elecciones nacionales y una eventual segunda vuelta, recibirán una remuneración de $7.000 por cada elección.
Además, tendrán la oportunidad de recibir un adicional de $3.000 por participar en capacitaciones reconocidas por la Justicia Electoral.
La resolución 88/2023 considera que esta medida es conveniente para fomentar y estimular la participación en actividades de capacitación, con el propósito de mejorar el desarrollo y el desempeño de los comicios.
Cada autoridad de mesa cobrará también $10.000 adicionales en la previa de todas las instancias electorales. Si no se celebrara una segunda vuelta, entonces este último importe adicional será de 7.000 pesos.
Aquellos que hayan sido designados por la Justicia Nacional Electoral como delegados en los locales de votación, percibirán una suma de 11.500 pesos por elección en concepto de viáticos; más 3.500 pesos por la tarea de remisión de reportes de eventos, incidencias o datos adicionales solicitados por la Cámara Nacional Electoral.
De esta manera, si un ciudadano participa en las tres instancias electorales recibirá un total de $40.000.
El presidente de mesa, acompañado por los fiscales, es designado por la justicia electoral para administrar una mesa de votación.
Debe actuar con independencia e imparcialidad, y velar por el correcto y normal desarrollo del acto electoral. Además, tiene un suplente que lo auxilia y puede reemplazarlo si es necesario y las fuerzas de seguridad presentes en el lugar están a su disposición.
Las autoridades de mesa deben estar presentes durante todo el desarrollo de los comicios y sólo se podrán ausentar –de a una por vez– solo temporalmente y deberán dejar constancia de ello en el acta complementaria.
Los requisitos para oficiar como autoridad en la votación son: ser elector hábil, tener entre dieciocho (18) y setenta (70) años de edad, residir en la sección electoral donde deba desempeñarse, saber leer y escribir, estar inscripto en el padrón electoral y no estar afiliado a ningún partido político.
Si el ciudadano elegido por la Justicia Electoral se ausenta o si abandona la mesa de votación es considerado un delito electoral cuya pena es de 6 meses a 2 años de cárcel.
Según la Cámara Nacional Electoral, sólo se consideran como elementos restrictivos de participación como autoridad de mesa a las “razones de enfermedad” o bien de “fuerza mayor debidamente justificadas”.
Esta excusación debe formularse dentro de los tres días después de recibir el telegrama de designación. Transcurrido ese lapso solo se admite la renuncia por “causas ocurridas con posterioridad” las que, llegado el caso, serán considerada de manera especial por la justicia nacional electoral.
Fuente: TN
Esta entrada ha sido publicada el 3 de agosto, 2023 10:06
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