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El Gobierno nacional reglamentó la ley de digitalización de historias clínicas

Este lunes, el Gobierno nacional reglamentó la ley 27.706, que crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas, a través del Decreto 393/2023 publicado en el Boletín Oficial, aprobada el 1° de marzo en la Cámara de Diputados.

De esta manera, el Gobierno nacional busca garantizar que los pacientes tengan un libre acceso a su propio historial médico mediante un sistema de digitalización de historias clínicas que se pueda utilizar en todo el territorio argentino, con el fin de agilizar los procesos de atención.

Cabe mencionar que, la ley de digitalización de historias clínicas había sido aprobada hace más de dos años en la Cámara de Senadores nacional, y fue respaldada por 227 diputados el pasado 1° de marzo, mientras que dos ediles se expresaron en contra, y otros 28 no asistieron a la sesión.

En este sentido, el decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial que reglamenta la ley de digitalización de historias clínicas, establece que el Ministerio de Salud, a cargo de Carla Vizzotti, será la autoridad encargada de que la misma se implemente a nivel nacional.

Asimismo, el decreto establece que la cartera sanitaria tiene las facultades para dictar las “normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias para la efectiva implementación” de la ley de digitalización de historias clínicas, que en pocos meses comenzará a ser utilizada en todos los establecimientos de atención de la salud. (DipBsAs)

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Dra. Jessica Mineo
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