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Cayó un represor con orden de captura internacional: lo encontraron escondido en un placard

Se trata de Carlos Cialceta, procesado por delitos de lesa humanidad ocurridos en 1976. El operativo estuvo a cargo de Gendarmería nacional, en la provincia de Salta.

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El represor Carlos Cialceta, sobre quien pesaba una orden de captura internacional desde el 12 de abril pasado, fue detenido en el marco de un allanamiento realizado en una vivienda ubicada en la provincia de Salta, donde fue descubierto escondido en el interior de un placard.

El ministro de Seguridad Aníbal Fernández fue quien a través de su cuenta de Twitter, dio a conocer la noticia sobre el arresto del teniente coronel del Ejército retirado, procesado por los delitos de secuestro, tortura y homicidio perpetrados en 1976, cuando prestaba servicio en el Regimiento de Infantería de Monte 28, Tartagal.

La detención se concretó en un departamento del casco céntrico de la capital provincial, a pocas cuadras de las oficinas del fuero federal en Salta. El operativo estuvo a cargo de Gendarmería Nacional en el marco de un procedimiento ordenado por el Jugado Federal 2 de Salta, a pedido del fiscal general Carlos Martín Amad, del Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Salta. Cialceta fue detenido y alojado en dependencias de Gendarmería Nacional.

Los delitos por los que el represor está procesado
Fuentes del Ministerio Público de Salta indicaron que Cialceta está procesado por los cargos de privación ilegítima de la libertad y por el homicidio agravado de un dirigente peronista del norte salteño, en un hecho ocurrido en agosto de 1976.

La captura nacional e internacional de Cialceta había sido dictada el 12 de abril pasado por la jueza federal Mariela Giménez, quien hizo lugar a un pedido de Amad, que ya había requerido la prisión preventiva del exmilitar.

El fiscal dio a conocer informes que daban cuenta de que el exmilitar se había marchado del último domicilio declarado, que su pareja informó que el acusado ya no vivía más en ese inmueble y que desconocía dónde estaba.

A siete meses de dictarse su captura, una persona que pidió el resguardo de su identidad se presentó en la Unidad Fiscal Salta y aportó datos suficientes respecto al posible paradero del exmilitar, lo que motivo un inmediato pedido de allanamiento y detención por parte del fiscal. Las medidas fueron autorizadas por la jueza Giménez.

El 29 de marzo pasado, en el marco de la causa, Amad solicitó la prisión preventiva del exjefe militar luego de que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta revocara un fallo que lo beneficiaba con la falta de mérito.

El fiscal había pedido la prisión preventiva del represor: los motivos

Cuando pidió la prisión preventiva para Cialceta, el fiscal recordó alguno de los fundamentos expuestos por los camaristas de la Sala II, que indicaron que “el rol funcional” atribuido al imputado constituye “un elemento que permite establecer una vinculación necesaria del encartado con la privación ilegítima de la libertad y posterior homicidio” del dirigente.

El procesado Carlos Cialceta, quedó detenido (Foto: Télam).

”Por otro lado, y atendiendo al contexto histórico en el que acontecieron los hechos investigados, se encuentra indiscutido que el Regimiento de Infantería de Monte 28, con asiento en Tartagal, tuvo participación en la denominada lucha contra la subversión, habiendo sido condenado su máxima autoridad en la cadena de mando -el general Héctor Ríos Ereñú– en carácter de autor mediato del secuestro y posterior homicidio de René Santillán, como se estableció”, sostuvieron los camaristas.

En tanto, para el fiscal, el acusado “ocupó entonces una posición institucional de alto rango dentro de la estructura del aparato organizado de poder del terrorismo de Estado, por lo que resulta probable la influencia que el nombrado puede ostentar en las estructuras de seguridad hoy vigentes, a las cuales perteneció y tuvo bajo su mando, teniendo particularmente en cuenta el grado militar alcanzado”.

Para Amad, el imputado se había valido de la estructura estatal a los fines de la comisión de crímenes que “por su entidad son considerados de lesa humanidad, resulta factible que, ante la magnitud de la posible condena a recaer, que como ya se adelantó será de ejecución efectiva, el procesado opte por evadir la acción de la justicia”.

Fuente: TN

Esta entrada ha sido publicada el 12 de noviembre, 2021 13:34

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