A casi 10 meses de que se aprobara en el Senado y luego de una fallida sesión especial a principios de octubre, este martes al mediodía se trataría en Diputados el proyecto de Etiquetado Frontal de Alimentos que busca promocionar la alimentación saludable e informada, donde los productos con exceso de nutrientes críticos deberán presentar octógonos negros (sellos) alertando sobre su composición.
Esta iniciativa prohíbe también que los alimentos y bebidas sin alcohol que presenten al menos un sello incluyan en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases de aval de sociedades científicas; publicidad, promoción y patrocinio dirigido a niños, niñas y adolescentes; señalar declaraciones nutricionales que resalten cualidades positivas y/o nutritivas; incorporar personajes infantiles, dibujos animados, celebridades o la promesa de entrega de premios o cualquier otro elemento; y su entrega a título gratuito.
Cuáles es el objetivo del proyecto de Ley de Etiquetado Frontal
En total, son cinco las organizaciones sociales las que impulsan esta iniciativa a nivel nacional, además de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), UNICEF y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). El objetivo es suprimir la promoción de “alimentos sanos” cuando en realidad no lo son y la forma de hacerlo evidenciarlo es mediante “carteles” que adviertan cuando estos productos tienen exceso de azúcares, sodio, grasas saturadas y totales y calorías de comestibles procesados y ultraprocesados.
De este modo, el proyecto busca, según señalaron, que existe un consumo informado, al cual calificaron como un “derecho de la sociedad”. “Cuatro de cada 10 productos tienen exceso de nutrientes críticos, pero aparecen como fuentes de vitaminas y minerales, por ejemplo”, afirmó Victoria Tiscornia, investigadora de Fundación Interamericana del Corazón (FIC)Argentina, en diálogo con TN.
“Disminuir el consumo de estos nutrientes críticos es muy importante, ya que son causantes de enfermedades preocupantes en la Argentina, que son denominadas como enfermedades no trasmisibles y que son la primera causa de muerte no solo en el país sino en el mundo”, explicó la investigadora y destacó que gracias a estas sustancias “siete de cada 10 adultos tienen exceso de peso, mientras que en chicos es el 41,1%”.
En ese tono, Andrea Graciano, consultora en nutrición de UNICEF Argentina, afirmó que en el país la “principal causa de enfermedad y muerte es la malnutrición y la más prevalente es por exceso. Hay estrategias de la industria alimenticia que son muy efectivas en las infancias y que han llevado a un patrón alimentario en niños, niñas y adolescentes que es peor que en los adultos, ya que consumen un 40% de bebidas azucaradas, el doble de productos de copetín y el triple de golosinas, según la segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNYS)”.
Cuáles son los principales puntos de la Ley de etiquetado frontal
- Advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
- Previene la malnutrición e impulsa la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
- Los alimentos y bebidas sin alcohol envasados y comercializados deben colocar leyendas advirtiendo sobre exceso en azúcares, sodio, grasas saturadas, en grasas totales y/o calorías.
- Si tiene edulcorantes, debe contener una leyenda precautoria debajo de los sellos con la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, al igual que con la cafeína (Contiene cafeína. Evitar en niños/as)
- Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
- Prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias con cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
- Los alimentos y bebidas sin alcohol con, al menos, un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
- Los octógonos negros con borde y letras de color blanco no deberán ser nunca inferiores al 5% de la superficie de la cara principal del envase y no podrán estar cubiertos de forma parcial o total por ningún otro elemento.
Alimentos y publicidad bajo la lupa
Los representantes de las sociedades civiles responsables de esta iniciativa, aseguran que existe un punto esencial en el proyecto, el cual está enfocado en los más chicos: la publicidad.
“La ley propone regular la publicidad, la promoción y el patrocinio dirigido a los niños, niñas y adolescentes para protegerlos de publicidades engañosas que promueven el consumo de diseños alimentarios, principalmente ultra procesados, con excesos de nutrientes críticos, que dañan su salud”, advirtió Mara Inés García, coordinadora del equipo de Etiquetado Frontal de la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN).
García explicó que, tras aprobarse esta Ley, los alimentos dirigidos a las infancias deberán contar con “etiquetas con la información clara y veraz. Sin personajes, regalitos o promociones que tienten su consumo, generen adicción, dañen su salud y potencialmente los enfermen”.
“Esta Ley apunta, además, a transformar los entornos escolares y contempla la educación alimentaria en la escuela, tanto a nivel inicial, como primario y secundario; regula la oferta de alimentos y bebidas en las escuelas no solo en los kioscos o bufets, sino también en los productos que circulan en la escuela que, a veces, el mismo Estado provee”, dijo Graciano.
Fuente: TN