Tras varios intentos frustrados a lo largo de los años y en medio de una pandemia que puso en evidencia la distribución desigual de las tareas de cuidado, el Senado se encamina a avanzar con la ampliación de licencias laborales por maternidad y paternidad, a través de un proyecto unificado que ya recibió dictamen y que llegaría próximamente al recinto.
La iniciativa, debatida en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, fue el fruto de 26 propuestas de senadores de distintos bloques y modifica el artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo (que data de 1974) extendiendo los días de licencia por nacimiento y adopción, y contemplando también los casos de partos prematuros y técnicas de reproducción asistida.
A pesar de algunas objeciones de Juntos por el Cambio, el oficialismo se dispone a avanzar en las próximas semanas con la media sanción en medio de una gran expectativa, ya que los proyectos presentados hasta el momento nunca avanzaron más allá del dictamen, frenados por el lobby empresarial.
Qué dice el proyecto
Hasta 50 días anteriores al parto y 50 días después, la embarazada tendrá prohibido trabajar (hoy el plazo es de 45 días en cada caso). Como en la actualidad, podrá optar por tomarse menos días antes de dar a luz (no menos de 30) y acumularlos para después. La licencia para el otro progenitor se amplía de dos a 10 días, para fomentar la crianza compartida.
Al momento de reincorporarse, la madre podrá continuar su trabajo en las mismas condiciones en que lo venía haciendo, o bien con una jornada reducida, de entre cuatro y seis horas diarias, durante los tres meses posteriores a su regreso. A partir del cuarto mes, volverá a su jornada habitual.
Otra opción es la de reincorporarse reduciendo a la mitad su jornada laboral, y por lo tanto también su salario, por no más de seis meses. O podrá rescindir el contrato, y en ese caso recibirá el equivalente al 25% de su remuneración por cada año de servicio. La última posibilidad es la de quedar en “situación de excedencia” por entre tres y seis meses, en los cuales no recibirá pago alguno pero sí se computarán a los efectos de la jubilación.
A partir del segundo hijo, tanto para nacimientos como para adopciones, la licencia de la madre se extenderá 30 días más por cada uno. Si el hijo nace con alguna discapacidad o enfermedad crónica, se sumará una licencia de seis meses para la madre y de uno para el padre. Y si el hijo nace sin vida, ambos progenitores tendrán igualmente derecho a la licencia post-parto.
Adopción, partos prematuros y fertilización asistida
Se otorgan 50 días de licencia para casos de adopción, una vez que el hijo sea entregado en guarda por resolución judicial; y por primera vez se contemplarán los nacimientos prematuros, a propuesta del senador oficialista Jorge Taiana.
En esos casos, la madre podrá acumular para después todo el lapso de licencia que no haya gozado antes del parto, hasta completar los 100 días. Pero a su vez, “la licencia se acrecentará con el número de semanas equivalentes a la diferencia entre el nacimiento a término (37 semanas) y la edad gestacional del recién nacido, debidamente comprobada”. También se suman días dependiendo del peso del bebé.
Otro agregado innovador es la creación de una nueva licencia especial por técnicas de reproducción asistida, de 30 días continuos o discontinuos, “en caso de prescripción médica expresa que así lo indique”.
En todos los casos, los futuros padres gozarán de estabilidad laboral. De lo contrario, se presumirá que el despido fue realizado sin justa causa con motivo del embarazo y tendrán derecho a recibir una indemnización o reincorporarse a su puesto en las mismas condiciones, “más los salarios caídos, si los hubiera”.
Además, en los establecimientos con un mínimo de 50 trabajadores, el empleador deberá habilitar un “Centro de Desarrollo Infantil” para ser utilizado por los hijos de los empleados hasta la edad en que sea obligatoria la educación, sin costo alguno. Esto fue cuestionado por Juntos por el Cambio, que advirtió sobre un posible perjuicio a pymes. El empleador también tendrá la opción de otorgar una suma no remunerativa por cada hijo, no menor a tres asignaciones por escolaridad.
Nuevas licencias especiales
El proyecto consensuado también crea nuevas licencias especiales. Por matrimonio se mantienen los diez días, mientras que por fallecimiento del cónyuge o conviviente, de padres, o hermano se otorgan tres días; y por muerte del hijo, cinco. En caso de examen, la licencia ya no solo será para el nivel medio o superior, sino también para el primario (dos días por examen, con un máximo de diez por año).
Asimismo, se incorporan tres licencias nuevas: para visitar al niño que se pretende adoptar (de dos a doce días); para el cuidado de personas a cargo, cónyuge o conviviente enfermo (dos a diez días); y para el cuidado de hijo enfermo (tres días por mes con un máximo de quince por año).
Durante el debate en comisión, la senadora Guadalupe Tagliaferri (UCR-Evolución) cuestionó que no se haya incorporado una licencia por trámites judiciales por violencia de género.
Fuente: Vía País