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Absolvieron al papá del nene con síndrome de down que cayó desde un balcón en La Plata

En el mismo fallo, el tribunal dispuso la excarcelación inmediata de él y de su pareja. Renzo Villanueva tenía 7 años. La reacción de la madre.

El papá de Renzo Villanueva, el chico de 7 años con síndrome de down que murió el 10 de octubre de 2017 al caer desde un balcón de un edificio de la ciudad de La Plata, fue absuelto este lunes tras un juicio oral en el que los jueces cuestionaron la reconstrucción realizada durante la investigación del caso. En el mismo fallo, absolvieron también a la pareja del hombre y ambos quedaron en libertad.

Tanto Diego Villanueva como su mujer, Rosa Martignoni, habían llegado al debate como detenidos, aunque con arresto domiciliario, y fueron juzgados por el delito de “homicidio calificado por el vínculo” y “homicidio simple”, respectivamente.

El hecho por el que fueron juzgados ocurrió hace poco más de tres años en un edificio ubicado en la calle 9, entre 55 y 56, pleno centro de la ciudad de La Plata. Renzo, que en ese momento tenía siete años, cayó desde el balcón del séptimo piso “A” y murió por la gravedad de los golpes que sufrió.

La reacción de la madre de Renzo Villanueva

Angela Donato, la madre de Renzo, se mostró desolada después de conocer el veredicto y acusó a los jueces de “corruptos y asesinos”. Además, anticipó que su abogado apelará el fallo ante el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires.

Es que la mujer acusó durante todo el proceso a su expareja de “golpear a Renzo” cuando lo visitaba y, según su versión, fue Villanueva quien arrojó a su hijo del séptimo piso del edificio.

Sin embargo, una fuente judicial explicó a Télam que en los fundamentos del fallo, los jueces consideraron que con las pruebas producidas durante las audiencias orales “no se pudo acreditar la conducta homicida de los imputados”.

La misma fuente precisó que el tribunal cuestionó el trabajo realizado por la dirección de fuerzas especiales de la Policía que llevó adelante la reconstrucción del hecho durante la instrucción, donde se tiró por la ventana a un muñeco de características similares a la víctima.

Esa pericia, que era una de las principales pruebas en contra de la pareja, también había sido objetada por la fiscal de juicio, Victoria Huergo, quien en su alegato había expresado que no se pudo probar que “existan elementos que permitan afirmar que Renzo fue arrojado por la ventana”. Para la funcionaria, la reconstrucción del hecho “carece de rigor científico y, por ende, de entidad probatoria a tales fines”.

Huergo decidió en ese momento no acusar por homicidio doloso a los imputados, aunque sí por homicidio culposo, al entender que actuaron de manera “negligente” en el cuidado del niño al dejar la ventana abierta y colocar un ventilador debajo, lo que le habría permitido al niño trepar y caer al vacío.

“Si no hubieran sido negligentes en el cuidado del niño, sea por acción con la colocación de elementos de seguridad en las ventanas, no dejando objetos que podrían ser utilizados para escalar, o por omisión con la debida vigilancia, nada hubiera acaecido”, graficó la fiscal, quien había requerido una pena de dos años, ocho meses y 21 días de prisión, el equivalente al tiempo que llevaban bajo prisión preventiva.

Durante el alegato, la querella que representa a la madre de Renzo pidió una pena mayor, aunque solicitó se los condene por una carátula diferente a la que habían llegado al juicio por considerar que se trató de un homicidio con dolo eventual, calificado por el vínculo en el caso del padre.

En tanto, Darío Saldaño, abogado defensor de la pareja, había pedido su absolución por entender que la caída de Renzo se debió “a una fatalidad” y que no habían tenido responsabilidad en el hecho.

Fuente: TN

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Dra. Jessica Mineo
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