Quienes paguen Ganancias lo recuperarán en su liquidación anual del impuesto. Los contribuyentes que no estén alcanzados podrán solicitar el reintegro desde enero.
Las compras de dólares y los gastos con tarjeta en moneda extranjera que se hagan desde este miércoles están alcanzados por un nuevo recargo tributario, que se sumará a la alícuota de 30% de impuesto PAIS que ya se paga desde finales de 2019. El costo extra será de un 35% que se abonará como anticipo del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales y que podrá ser recuperado en un trámite ante AFIP.
Para quienes no estén alcanzados por Ganancias o Bienes Personales, la devolución se podrá hacer ante el organismo tributario a partir de enero. Según explicaron desde el fisco “a partir de enero del 2021 se habilita la posibilidad de solicitar la devolución de las percepciones practicadas entre el 16 de septiembre y 31 de diciembre”. El esquema de devolución será por año calendario: de persistir la medida, por ejemplo, el recargo por compras efectuadas en 2021 podrán solicitarse a partir de enero de 2022.
“Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las Ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los Bienes Personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción”, publicó la AFIP en una resolución general este miércoles.
Para poder concretar el pedido de devolución, las personas humanas deberán contar con un número de CUIT, tener clave fiscal para hacer trámites ante AFIP e informar una CBU para que el fisco pueda realizarle la transferencia de devolución.
El organismo recaudador realizará distintos controles y validaciones por cada cliente que pida la devolución de la retención de 35%. “AFIP realizará validaciones y controles sistémicos y si está bien, devuelve en la cuenta bancaria. ¿Qué se controla? Por ejemplo, que el contribuyente no registre bienes o activos que estén sujetos al pago del impuesto sobre Bienes Personales”, explicaron.
Aquellos contribuyentes que paguen Ganancias tendrá una devolución anual cuando tengan que presentar la declaración jurada de ese impuesto. En ese momento tendrán como “saldo a favor” el 35% que hayan pagado en compra de divisas o consumo con tarjetas de crédito en moneda extranjera.
Los montos a devolver serán nominalmente iguales a los que pagó el contribuyente a la hora de hacer la operación en dólares, por la inflación que tenga lugar entre los meses de diferencia entre la percepción que hace AFIP y el reintegro hará perder parte del poder de compra de esos pesos.
El nuevo recargo de 35% impactará en todas las operaciones que impliquen un paso por el mercado de cambios, de la misma forma en la que se cobra el impuesto PAIS. No solo estarán incluidas compras de dólar ahorro en homebanking sino el uso de tarjetas para compras en moneda extranjera. El cupo mensual de 200 dólares, además, se tomará en cuenta para esos gastos con plásticos, entre los que también se cuentan servicios de streaming como Netflix o Spotify.
Fuente: TN