A través de la Disposición 6188/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y la comercialización de tres aceites de oliva por considerarlos productos falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014.
Se trata de “Aceite de oliva Clásico”, “Aceite de oliva Clásico saborizado con Ajo” y “Aceite de oliva Clásico saborizado con Tomillo”, todos de la marca “La mia terra”, con RNPA N° 025- 13031995, envasados por RNE N° 13005447, Producidos en Mendoza, República Argentina”.
“Las actuaciones se inician a raíz de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires en relación a la comercialización de los productos” que “no cumplirían la normativa alimentaria vigente”.
El texto señala que “la DIPA realiza las Consultas Federales a través del SIFeGA al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, y este informa que pertenecen a otra razón social, y que ambos registros fueron dados de baja en el año 2014”.
Fuente: Prensa ANMAT
Esta entrada ha sido publicada el 24 de agosto, 2020 09:24
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