Días después de que Susana Giménez le ganara a la AFIP un juicio de unos 50 millones de pesos en concepto de Impuesto sobre los Bienes Personales, el organismo anticipó que apelará el fallo para que se revea la decisión del juez de primera instancia, que determinó que la actriz no realizó ninguna conducta posible de ser considerada engañosa en “los estrictos términos que reclama la ley”.
Ahora buscan que se investigue a la diva por evasión agravada, ya que no presentó sus declaraciones juradas. “Ante el fisco todos los y las contribuyentes tienen las mismas obligaciones. Este es un caso que surge de la matriz de riesgo y el control sistémico que posee el organismo. No realizamos fiscalizaciones a dedo”, expresó Carlos Castagneto, titular de la entidad.
El juez Diego Amarante había dicho que Susana no negó en ningún momento su capacidad fiscal ni hizo artimañas para “desdibujarla”. “En el ejercicio de su derecho constitucional de peticionar a las autoridades (artículo 14 de la Constitución Nacional) ocurrió ante un órgano jurisdiccional, reclamando aquello que consideraba ajustado a derecho, y que desde su perspectiva influía directamente sobre la determinación que correspondía hacerse del impuesto en cuestión”, sostuvo.
Por qué la AFIP había denunciado a Susana Giménez
Según lo que había trascendió en agosto, la AFIP denunció a Susana Giménez porque supuestamente se negó a presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales del año 2019, paso previo indispensable para pagar dicho impuesto.
Por ese motivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos determinó que la diva adeudaba $50.000.000. Sin embargo, debido a las multas e intereses, se especulaba que la cifra podía crecer hasta $300 millones.
Vale aclarar que la diva sí respondió a los requerimientos previos (declaración jurada de patrimonio y otros trámites), pero se negó sistemáticamente a presentar la DDJJ de Bienes Personales, aduciendo que la reforma sancionada por el Congreso a fines de ese año es “confiscatoria”.
De esta manera, la celebridad solicitó una cautelar en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad (JNCAF 10 – Expte 2254/21) por el incremento de la alícuota de BP 2019. Esta medida se rechazó por el juzgado, fue apelada y luego solicitó el desistimiento del recurso de apelación cuando se dicta la resolución de Determinación de oficio.
En el mismo expediente, la conductora presentó otra cautelar para que no ser denunciada penalmente, que fue rechazada en julio 2022 porque no se advertía, en principio, “arbitrariedad en el accionar de la Administración”.
Fuente: TN