El gobierno nacional prorrogó hasta el 25 de enero próximo la doble indemnización por despido sin causa justificada. La medida está vigente desde diciembre del año pasado, tres meses antes de las medidas de aislamiento social por la pandemia y del paquete económico para contrarrestar el impacto del coronavirus.
La extensión de la doble indemnización fue oficializada este lunes a través del decreto de Emergencia Pública en Materia Ocupacional Nro 961/2020, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete.
El Poder Ejecutivo ya había extendido la prohibición de despidos y suspensiones, una medida tomada al inicio de la pandemia, pero en este caso hasta el 29 de enero del año que viene. La doble indemnización vencía el 17 de diciembre próximo, día en que entrará en vigencia el decreto de necesidad y urgencia publicado este lunes en el Boletín Oficial.
“Amplíase hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto N° 34 del 13 de diciembre de 2019 y ampliada por el Decreto N° 528 del 9 de junio de 2020 a partir del vencimiento de la vigencia de esta última norma”, determinó el texto oficial.
Para el Poder Ejecutivo, “durante la vigencia del presente decreto, en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con los términos del artículo 3° del Decreto N° 34/19 y la legislación vigente en la materia”.
La medida no alcanza a aquellas personas que hayan ingresado a sus trabajos luego de decretada la emergencia sanitaria a causa de la pandemia de coronavirus, ni a los empleados públicos. A fines del año pasado, Fernández había decretado la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días, y estableció que en caso de despido sin justa causa durante la vigencia de esa norma, el trabajador afectado tendría derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente, de conformidad con la legislación vigente.
Luego, por la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. Por la crisis sanitaria y económica que desató la pandemia, el Gobierno buscó ampliar la emergencia pública. “Esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas asegurando a los trabajadores que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo”, justificó la Casa Rosada.
Fuente: TN