El gobierno de la provincia de Buenos Aires adhirió a la medida nacional que prohíbe a las empresas cortar los servicios “en casos de mora o falta de pago” para usuarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
La prohibición a las empresas de servicios se encuadra en el decreto 194, publicado en el Boletín Oficial bonaerense, y abarca a los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales bonaerenses.
Con la medida, el gobernador Axel Kicillof dispuso que esos prestadores no podrán suspender o cortar los servicios a los usuarios que indica el artículo 3° del Decreto Nacional N° 311/2020, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, incluyendo a quienes ya tenían un aviso de corte en curso.
El decreto busca evitar los cortes para beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo, y usuarios inscriptos en el régimen de monotributo social.
También beneficia a jubilados, pensionadas y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos; monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo y usuarios que perciben seguro de desempleo.
Tampoco se podrán cortar los servicios a los electrodependientes, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
Están incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.