A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno amplió la lista de actividades que podrán desarrollarse durante la cuarentena total que rige en el país hasta el 12 de abril por el avance del coronavirus. Algunas apuntan a aliviar el impacto en la actividad económica.
La decisión Administrativa 450/2020, aclara que son ocho las nuevas actividades exceptuadas de la cuarentena y por ende habilitadas para volver a funcionar tras 14 días de parate.
Las nuevas actividades exceptuadas del aislamiento:
– venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones
– actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera
– curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola
– actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
– exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear
– servicios esenciales de mantenimiento y fumigación
– mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos
– inscripción, identificación y documentación de personas
El decreto establece que los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.
Esta entrada ha sido publicada el 3 de abril, 2020 07:45
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