El Tribunal Oral Federal de nuestra ciudad con las firmas de los magistrados Sebastián Foglia, Ernesto Sebastián y José Luis Asis, rechazaron el pedido de sobreseimiento formulado por la defensa de Analía Gladys Consoli, acusada de atentados contra el orden público, intimidación publica, coacción agravada, incitación a violencia colectiva, incendio u otro estrago; falsificación documentos públicos, falsedad ideológica y asociación ilicita.
A Consoli se la relacionó con participación secundaria en los ataques incendiarios a la casa de la dirigente mapuche Olga Curipán, el 15 de noviembre de 2021; al Centro Cultural de la comunidad mapuche Ruka Kimun, el 25 del mismo mes y en la vivienda del director de Región Sanitaria I, Maximiliano Núñez Fariña, el 8 de enero de 2022.
Su abogado defensor, el Dr. Lejarraga, realizó sendas presentaciones formulando nulidades, solicitando la formación de causas separadas, el sobreseimiento respecto a algunos hechos que considera atípicos y, subsidiariamente, solicitó la suspensión a prueba, por atipicidad de las conductas. También solicitó formación de causa por separado señalando que los hechos de falsedad documental endilgados a
sus asistidos carecen de conexidad o relación con los atentados ocurridos en el domicilio de Maximiliano Núñez Fariña y con los restantes hechos por los cuales se iniciaron las actuaciones, considerando inconstitucional la acumulación.
Considera resultaría procedente una pena en suspenso, y ofrece el pago de doce mil pesos durante doce meces en concepto de reparación del daño, en favor de un comedor o merendero
El Fiscal General, con respecto a los sobreseimientos pretendidos, indicó que las defensas no expusieron ninguno de los motivos que pudieran cambiar el futuro procesa (que por nuevas pruebas surja en forma evidente que obró en estado de inimputabilidad, o exista una causal extintiva de la acción penal)
Otro punto del Fiscal indica que no alcanza a comprender el hilo lógico con el que lo sostenido acerca de la legalidad o ilegalidad del requerimiento de vacunación para realizar viajes, llevaría a la atipicidad de la conducta (falsificación de documento público e integrar una asociación cuyo objeto era el circuito ilegal de certificados de vacunación apócrifos)
Los jueces al momento de decidir indicaron el único ámbito para discutir la totalidad de los planteos formulados por los defensores resulta ser, inexorablemente, el debate oral, público, contradictorio y continuo, principal etapa del procedimiento penal que garantiza la inmediación entre las partes, favoreciendo la confrontación de las evidencias recabadas durante la instrucción y la adecuada discusión de los hechos, responsabilidades y encuadramientos legales.
Esta entrada ha sido publicada el 2 de mayo, 2024 18:29
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