Para la audiencia de hoy están previstos los testimonios de familiares, docentes y peritos. Se encuentran imputados Enrique Abel Lucarelli (Quique) y Cristian Ariel Glebocki, quienes fueron señalados por el menor víctima como partícipes de los abusos.
En la causa original, se condenó al abuelo de la víctima a la pena 23 años de prisión y a la abuela a 6 años de prisión para haber cooperado para que esos abusos se llevaran a cabo.
Tanto Lucarelli como Glebocki eran amigos de los abuelos a quien llevaban a distintas reuniones y encuentros entre mayores de edad. Enrique “Quique” Lucarelli fue un histórico director de instituciones bahienses vinculadas a la atención y contención de jóvenes con capacidades diferentes, por eso no se descartaban “nuevas ramificaciones” que pudieran tener mas victimas de abusos.
¨La contundencia de los testimonios son de las mismas caracteristicas que escuchamos ya en septiembre (en el primer juicio)… no han variado los testimonios¨, le contó a Siete Mundo la abogada Viviana Lozano quien representa a la víctima.
¨Toda la familia lo único que quiere es que esto finalice de una buena vez, porque en pocos dias se cumplen 8 años desde que la víctima empezó a hablar. Era muy pequeño… y hoy estamos hablando de un adolescente y uno quiere que pueda tener las herramientas para seguir viviendo¨, remarcó Lozano.
Respecto a los pedidos de la defensa para sumar nuevas pruebas y pericias, Lozano argumentó: ¨si hubieran querido una pericia de determinadas caracteristicas, hubieran presentado un perito a tiempo y hubieran llevado adelante la pericia..¨.
La causa madre que llevo una investigación de siete años, indicó que los hechos se produjeron entre los años 2014 y 2016, momentos en que el niño tenía entre 4 y 5 años de edad, cuando el abuelo sometió a la criatura a distintas situaciones abusivas en dos domicilios de la ciudad, de haberle exhibido material pornográfico al menor a través de su teléfono celular y de amenazarlo para que no cuente lo sucedido.
Se determinó que la abuela del niño estaba presente en esos domicilio e incluso filmaba la situaciones abusivas, por lo que el juez entendió que la mujer cooperaba con el imputado para que los abusos se llevaran a cabo.
El hombre (abuelo) fue condenado por abuso sexual simple agravado por el vínculo -tres hechos-, en concurso real de delitos (Hecho I); y promoción de la corrupción de menores agravada por el vínculo (Hecho II), en concurso real, mientras que la mujer (la abuela) fue encontrada culpable del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo.