El titular del Juzgado Federal N°1 de Bahía Blanca, Walter Ezequiel López Da Silva, procesó sin prisión preventiva al financista Juan Ignacio Suris y a otros seis acusados, por el delito de lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad y como integrante de una asociación ilícita. Asimismo, trabó embargo sobre los bienes de las personas imputadas por montos de entre 500 mil y 8 millones de pesos. La decisión fue dictada en sintonía con el requerimiento del fiscal Santiago Ulpiano Martínez, a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de esa jurisdicción.
Por otra parte, el juez dictó la falta de mérito respecto de otros cuatro imputados y dispuso el sobreseimiento de otra de las personas implicadas.
La investigación se inició en 2012 a raíz de la extracción de testimonios en la causa seguida a Suris por infracciones a la Ley 23.737 de Estupefacientes, la cual ya fue elevada a juicio y cuyo debate oral se encuentra pendiente.
De acuerdo a la investigación desarrollada por la fiscalía federal, la organización que encabezaba Suris inyectaba en el mercado formal el dinero obtenido de las diferentes actividades ilícitas relacionadas tanto a la venta de estupefacientes como a la generación de facturas apócrifas emitidas desde diferentes sociedades anónimas. En este marco, la fiscalía consideró acreditado que cada uno de los miembros de la banda fue una pieza fundamental para el beneficio de la organización, lo que configuraba una estructura con fines delictivos, que se reflejaba a través de la contribución que hacía cada uno para la constitución de sociedades, que funcionaban como usinas de facturación apócrifa.
La fiscalía señaló también que los réditos económicos alcanzados por Suris habrían oscilado entre $2.219.181,82 y $4.438.363,83; y que había registrado un incremento patrimonial que no pudo justificar, lo que evidenciaba un despropósito entre ingresos, riqueza y consumo.
“Si bien las sociedades se encontraban regularmente constituidas y registradas ante la AFIP, no mostraron actividad económica real. Fueron meros vehículos jurídicos creados ante directivas del jefe de la organización por interpósitas personas, sin capacidad económica ni financiera que justificara la magnitud y diversidad de servicios supuestamente prestados, los cuales se facturaron con el exclusivo fin de proveer crédito fiscal a distintas empresas, para permitirles evadir los tributos que debían ingresar al erario público”, había señalado la fiscalía.
Procesamientos
En base a las pruebas recabadas durante la pesquisa, el juez López Da Silva tuvo por acreditado que “Suris era jefe y organizador, definía la estrategia e integración de las sociedades, reclutó y asoció al negocio ilegal a las personas necesarias de su confianza, ocupó cargos importantes de las sociedades, hasta facilitando su propio domicilio particular, realizó cobros y pagos, y en general, tenía un amplio dominio de las diferentes tareas ligadas a la asociación ilícita”.
Además, indicó que todos los acusados “se vinculan directamente con él -contadores, cónyuge, familiares y amigos- e indirectamente entre sí, generando así un círculo a su alrededor de personas de su confianza que le sirvieron como un medio para darle apariencia de legalidad a los bienes obtenidos de aquellos injustos subyacentes”.
En ese sentido, la resolución indicó que las maniobras criminales fueron llevadas a cabo de manera directa por Suris, aunque también a través de sus contadores, prestanombres y colaboradores. “Los imputados no registraban actividades comerciales lícitas declaradas que justificaran la adquisición de aquellos bienes, ni declararon ante el organismo recaudador las ganancias obtenidas del cobro de los mentados cheques en entidades bancarias, todo lo cual permite tener por acreditada su dudosa procedencia”, precisó el juez.
En virtud de ello, el magistrado procesó -sin prisión preventiva- a Suris como autor del delito de lavado de activos agravado por haber sido cometido con habitualidad y como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza. Además, dispuso el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 8 millones de pesos.
Igual temperamento adoptó respecto de dos contadores, como partícipes necesarios de lavado de activos agravado, como miembros de una asociación ilícita y por haber actuado en ejercicio de su profesión, y los embargó por 5 millones de pesos.
El juez también dispuso el procesamiento y embargos por 2 millones de pesos de otros dos hombres y una mujer, a quienes procesó en carácter de partícipes necesarios de los mismos delitos endilgados a Suris. Finalmente procesó a un restante hombre y lo embargó por 500 mil pesos, por su intervención como partícipe secundario.
Por otra parte, el titular del Juzgado Federal N°1 bahiense decretó la falta de mérito para procesar o sobreseer a otros cuatro implicados; y declaró extinta la acción penal en relación a otro investigado a quien sobreseyó de los delitos endilgados.
Esta entrada ha sido publicada el 14 de julio, 2023 12:59
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