La pena recayó sobre Francisco Nahuel Visgarra y Sofía Aylén Castillo, a quienes le aplicaron 4 (cuatro) años de cárcel por considerarlos penalmente responsable de los delitos de comercialización de estupefacientes y tenencia con fines de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas a potenciales consumidores en concurso ideal, acaecidos en Bahía Blanca entre el 28 de octubre y el 28 de noviembre de 2021 el primero de ellos y el 28 de noviembre de 2021 el restante
Según la causa personal del Destacamento de Policía de Seguridad Vial Bahía Blanca, se encontraban realizando un operativo en Ex Ruta Nro. 3 km 678, procediendo a detener la marcha de un vehículo marca Renault, modelo Megane, dominio colocado CTZ363, con dos ocupantes en su interior, a fines de devolver la documentación un oficial se percata fuerte aroma símil a Marihuana proveniente del interior del habitáculo, motivo por lo cual se requisa el auto, se observa una mochila color rosa, cinco pequeños envoltorios de nylon color verde, compacta en trozos, motivo por lo cual el total es incautada. al realizar pesaje arroja: 12.2 gramos, envoltorio numero 2 arroja guarismo de (11.7) gramos, envoltorio numero 3 arroja guarismo de (7.2) gramos, envoltorio numero 4 arroja guarismo de (10.4) gramos y envoltorio numero 5 arroja guarismo de (11.5) gramos…” dejándose constancia que se procede a la aprehensión de lVizgarra y Castillo, al secuestro, además, de un teléfono celular Motorola E6 PLAY, con chip y batería colocada, y un teléfono celular marca SAMSUNG modelo A10, con chip y batería colocado.
Teniendo en cuenta que el Fiscal Del Cero había solicitado 6 (seis) años de cárcel, los jueces valoraron respecto de Castillo su corta edad que acredita inexperiencia y falta de madurez, la situación de vulnerabilidad ante el “sistema penal” por la historia vital de la misma, la ausencia de antecedentes penales y el hecho de dedicarse a trabajar y estudiar, haciendo consideraciones similares respecto de Visgarra, además de la confesión de ambos en los hechos.
Ambos habían llegado libres al juicio y seguirán en esa condición. Según los jueces: “…tanto Visgarra como Castillo han dado razonable cumplimiento a las reglas que se le impusieran al momento de disponerse su excarcelación, concurrieron en debida forma al debate oral designado en autos, más se encontró disponible por medios telemáticos cuando fue convocado, poseen domicilio conocido y suficiente arraigo, así como no se observan evidentes riesgos procesales, por lo que no corresponde hacer lugar a la detención reclamada…”
Esta entrada ha sido publicada el 13 de septiembre, 2022 19:06
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