El Gobierno nacional además amplió la superficie de cultivo permitida para usuarios registrados en el Reprocann: se podrá tener hasta nueve plantas en 15 metros cuadrados al aire libre
Después de dos años de reuniones, pedidos, consultas y planteos, el Ministerio de Salud de la Nación anunció que las organizaciones cannábicas podrán cultivar -ya legalmente- plantas de marihuana con fines medicinales para sus integrantes.
El Reprocann, el registro de usuarios y cultivadores administrado por Salud, incluye desde ahora a las ONG, que entonces cuentan con el permiso para producir flores de cannabis sin el riesgo de sufrir complicaciones penales relacionadas a la ley de drogas. Esta decisión no hace más que legitimar el trabajo de las agrupaciones que en algunos casos ya desde hace más de diez años se pusieron al frente de tratamientos solidarios con cannabis. Es el reconocimiento a colectivos de pacientes, familiares y amantes del cultivo de la planta que se organizaron hace años para provocar un cambio de legislación.
En diálogo con BAHIA EN SINTESIS Karina Romanelli de la Asociación Civil Cannabis Bahía Blanca dio mas detalles , como el acuerdo del cupo total de cada ONG: será hasta 150 personas, pero existe una ventana para aquellas agrupaciones que superen ese número (algunas ya lo hacen) de poder gestionar un permiso administrativo de manera particular ante el Programa Nacional para el Estudio e Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis
Además hizo mención a la actualizacion de los rangos para los cultivos personales autorizados por Reprocann. La superficie para cultivo exterior hogareño, es decir “a cielo abierto” en terrazas, balcones, patios o jardines, se amplió hasta los 15 Mts cuadrados por personas. Y se mantienen los seis metros cuadrados para interior. A la vez que tampoco se modifican las cantidades para transporte y de plantas cultivadas florecidas, referidas párrafos arriba.
El Reprocann se creó hace un año dentro de la órbita del Ministerio de Salud. Según estimaciones oficiales, se inscribieron en este lapso 110 mil usuarios y ya fueron aprobados unos 55 mil. Este registro no limita patologías autorizadas, a diferencia de la letra original de la ley 27.350, sancionada a finales de marzo de 2017, que limitaba el uso -sin ofrecer formas de acceso- a los pacientes con epilepsia refractaria. En este caso, solo basta contar con una indicación médica y la validación en la página oficial de inscripción del profesional de la salud.