El Gobierno reglamentó el permiso para que las personas con discapacidad puedan circular por la calle durante la cuarentena por el coronavirus. De acuerdo a la resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad, habrá una distribución de días según la terminación del DNI.
Así, los lunes, miércoles y viernes estarán autorizados aquellos cuyo DNI termine en 1,2, 3, 4 y 5. Los martes, jueves y sábados, en tanto, son para las personas con documento terminado en 6, 7, 8, 9 y 0.
Podrán salir a la calle con un único acompañante, “familiar o conviviente”. Los paseos son definidos como “breves, a no más de 500 metros de su residencia”.
Deberán llevar consigo el Certificado Único de Discapacidad, en papel o foto digital. Si está vencido, podrán presentar el turno de actualización del certificado. En todos los casos, también tendrán que portar el DNI.
Lo que estipula como deben ser las salidas establecidas en la ampliacion del decreto 292/20