Los puntos claves de la nueva ley de alquileres

El Congreso comenzará a tratar en los próximos días un proyecto de ley para regular el mercado de alquileres que implicará cambios en cláusulas habituales de los contratos y que asegurará ciertos derechos al inquilino. Entre otros puntos, la iniciativa busca garantizar que la relación contractual pueda ser de hasta 3 años, que la actualización del precio del alquiler sea semestral y que siga la evolución de la inflación y los salarios, y que los recibos de sueldo sean aceptados como garantía para la firma. El presidente Mauricio Macri lo anunciará este viernes junto con otras medidas para el sector inmobiliario.

El texto, al que tuvo acceso TN.com.ar, será tratado en comisiones de la Cámara de Diputados la semana que viene y, una vez que tenga dictamen, será debatido en el recinto. La iniciativa se basa en un proyecto anterior que tiene media sanción del Senado, pero como tendrá modificaciones, deberá volver a la Cámara alta para su sanción definitiva.

El boceto cuenta con 16 artículos que regulan la duración del contrato, las actualizaciones de precios a lo largo de su vigencia, el sistema de garantías, las comisiones inmobiliarias y la formalización de la actividad, entre otros puntos.

Respecto a los plazos, el artículo 5° sostiene: “El contrato de locación de inmueble, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considerará celebrado por el plazo mínimo legal de tres años en locaciones destinadas a vivienda y de dos años para cualquier otro destino”. Actualmente los contratos de alquiler habitacional se celebran a dos años.

Por otra parte, la iniciativa regulará una de las cuestiones que más dificultades presenta para los inquilinos: la garantía. El texto exhorta a los propietarios a aceptar alguna de las siguientes variantes: garantía real, aval bancario, seguros de caución, garantía personal con certificado de ingresos o garantía de fianza.

Según explicó a este medio el diputado nacional de Cambiemos Daniel Lipovetzky, esto significará que “los recibos de sueldo del locatario o los locatarios que vayan a vivir en el inmueble alcanzarán como garantía que demuestre sus ingresos”. El nuevo diseño normativo fue conversado y consensuado entre asociaciones como Inquilinos Agrupados y funcionarios nacionales.

Actualización, blanqueo y comisiones inmobiliarias

Le nueva ley también versará sobre el mecanismo de actualización de los precios del alquiler. El artículo 12° prevé que “el precio del alquiler deberá fijarse como un valor único y por períodos mensuales, sobre el cual sólo podrán acordarse ajustes semestrales, utilizando a tal efecto un índice conformado por partes iguales, con el índice de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS)”.

De esta manera, el reajuste cada seis meses tendrá que seguir la evolución de la inflación y del sueldo promedio de los empleados, para evitar desfasajes entre lo estipulado en el contrato y el ritmo de precios y salarios.

La nueva norma propuesta implicará, además, que los contratos de alquiler sean registrados ante la AFIP. “Sólo los contratos de locación registrados serán oponibles a terceros, contarán con fecha cierta y podrán ser utilizados como instrumentos válidos para el inicio de acciones judiciales”, sostiene el proyecto. Según Lipovetzky, “esto servirá como incentivo para la formalización del sector”.

Tal cual lo sostiene la ley de alquileres aprobada el año pasado por la Legislatura porteña, el costo de las comisiones a pagar a las inmobiliarias que actúen como intermediarias, deberá ser afrontado por el propietario, junto con los gastos de certificación de firmas “y cualquier otro en el que incurriere el intermediario a efectos de perfeccionar el contrato”, dice la ley.

Fuente: tn.com.ar

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Dra. Jessica Mineo
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