Bahía

Megaoperativos por drogas en el 2015: 33 personas condenadas

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La mañana del 20 de agosto del 2015 tuvo un impresionante despliegue policial y de Prefectura, se realizaron 40 allanamientos en simultáneo en distintos puntos de la ciudad en una megacausa de drogas y armas.

Los procedimientos, que comenzaron minutos después de las 3 de la madrugada de este jueves, se concretaron en viviendas ubicadas en Pacífico y Junín, frente a la Escuela 36, en Jujuy al 2200, 1810 al 200, Baeza al 1400, y en la esquina de calles Fortaleza y Laudelino Cruz, entre otros domicilios.Más de 100 efectivos de otras localidades e instructores judiciales de la ciudad de La Plata llegaron a Bahía donde hubo 33 detenidos

Mas de 2 años después la justicia federal condeno a todos los involucrados al encontrarlos responsables de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, dando las siguientes penas.

“…CONDENANDO A: E.A. FABIOLA GONZÁLEZ, ÁNGEL RICARDO JUÁREZ, EMILIO ENRIQUE ORELLANA GONZÁLEZ, MAXIMILIANO HÉCTOR TOTO, DIEGO JUAN GERMÁN BUSTOS, VERÓNICA NATALIA BORRELLI, REYNALDO GUIDO AMICARELLI, HILDA LUCIANA ORDÓÑEZ AVELLANEDA, PABLO JAVIER MIRALLES, NÉLIDA ANDREA GUEVARA, LUIS ALBERTO LITOUX, YONATAN DANIEL BOBADILLA, GERMÁN ALBERTO BEROISA, LUIS HIGINIO SASSI, JOSÉ LUIS SASSI, MAURO ALEJANDRO CARRERAS, GERALDINA JORGELINA CINTIA ARIAS, JUAN IGNACIO DE GENNARO, YOLANDA CORINA JIMÉNEZ, DANIELA VIVIANA PONCE, FLORENCIA RODRÍGUEZ, ALBERTO MARTÍN FANTAGUZZI, CLAUDIO RAUL ROLDÁN y JONATAN GABRIEL BUSADA,  PENA de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, por considerarlos autores penalmente responsables del delito de comercialización de estupefacientes.

CONDENADO a DANIEL ESTEBAN SANHUEZA, ESTEBAN ANDRÉS MERCADO, VANINA BEATRIZ JARA y LUCIANO MATÍAS REYNOSO, cuyas demás condiciones personales son de figuración en autos, A LA PENA de CUATRO (4) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISIÓN, por considerarlos autores penalmente responsables del delito de comercialización de estupefacientes (art. 5to. inc.c) de la ley 23.737), como cometido en esta ciudad y en la de Punta Alta, provincia de Buenos Aires, en un período indeterminado pero ubicable entre el año 2014 y el 20 de agosto de 2015.

CONDENADO a EMILIO GABRIEL SOTO, cuyas demás condiciones personales son de figuración en autos A LA PENA de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes (art. 5to. inc.c) de la ley 23.737), como cometido en esta ciudad, provincia de Buenos Aires, en un período indeterminado pero ubicable entre el año 2014 y el 20 de agosto de 2015, agravado por la intervención de tres personas organizadas para comteterlo y por su comisión en un lugar de detención

CONDENANDO a LEONARDO GUSTAVO DAVERIO, cuyas demás condiciones personales son de figuración en autos, A LA PENA DE CUATRO (4) AÑOS Y UN (1) MES DE PRISIÓN, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes

CONDENANDO a MARISA EDITH CANTERO y OSVALDO ADRIÁN CAPPARELLA, cuyas demás condiciones personales son de figuración en autos, A LA PENA DE DOS (2) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISIÓN, por considerarlos autores penalmente responsables del delito de tenencia simple de estupefacientes

CONDENANDO a OBELIO OSCAR GIL, cuyas demás circunstancias personales son de figuración en autos, A LA PENA DE DOS (2) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14 primer párrafo de la ley 23.737), como constatado en esta ciudad el 20 de agosto de 2015, DEJANDO EN SUSPENSO EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE PRISION IMPUESTA POR TRATARSE DE PRIMERA CONDENA

En todo los casos el Tribunal impuso reglas e conducta y mantenda la asistencia con pulseras magneticas y arresto domiciliario para Jiménez, Borrelli, González, Ordóñez Avellaneda, Rodríguez, Arias, Jara, Orellana González y Ponce, bajo las mismas condiciones, bajo apercibimiento de revocarse la detención domiciliaria si los condenados quebrantaren injustificadamente la obligación de permanecer en el domicilio fijado o cuando los resultados de la supervisión efectuada así lo aconsejaren …”

Aqui el link y fallo completo de la justicia federal por drogas-megaoperativos 2015

Esta entrada ha sido publicada el 28 de noviembre, 2017 00:14

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